
Un juzgado de Valladolid ha condenado a la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León a indemnizar con un total de 14.653 euros a los padres de un menor de 11 años que sufrió lesiones tras una caída en el patio del colegio. La justicia reconoce la responsabilidad del centro educativo al no garantizar una adecuada vigilancia durante el recreo, lo que se considera un incumplimiento de su deber de cuidado hacia los alumnos.
El caso se remonta al 8 de junio de 2022, cuando el hijo menor de ambos progenitores fue empujado por otro alumno mientras jugaba al fútbol en el patio del colegio Lola Herrera, ubicado en el municipio vallisoletano de Tudela de Duero, por lo que el alumno impactó contra uno de los muros del centro. El accidente, que entre otras lesiones le provocó una luxación del codo izquierdo, traumatismo cráneo facial leve, además de perder un diente, ocurrió en una zona del patio que en ese momento carecía de vigilancia directa por parte de algún profesor, según indica la sentencia. Por tanto, se incumplió el plan de distribución de maestros para la vigilancia del patio especificado por el propio centro escolar.
Los demandantes alegaron que la falta de vigilancia representa un déficit en el deber de cuidado del centro y consideraron que hubo “culpa in vigilando” de la Administración, al no haber prevenido un riesgo previsible y evitable.
La Consejería de Educación del Gobierno autonómico que lidera Alfonso Fernández Mañueco sostiene que el patio estaba vigilado conforme al ratio permitido (1 profesor por cada 60 alumnos) y argumenta que el accidente fue un hecho fortuito e inevitable, sin prueba de negligencia por parte del personal docente.
Se produjo un “incumplimiento en las medidas organizativas”
El tribunal, sin embargo, da la razón a los demandantes, concluyendo que hubo incumplimiento en las medidas organizativas de vigilancia del patio por parte del colegio, de forma que establece la responsabilidad patrimonial de la Administración y, en consecuencia, se condena a la Consejería de Educación a indemnizar a los demandantes con 14.653 euros por los daños sufridos.
El abogado de los demandantes, Santiago Díez, de los servicios jurídicos de la Asociación El Defensor del Paciente, también aclara que aunque los alumnos se encontraran jugando al fútbol en el momento del recreo, “un juego que no resulta peligroso, ni violento, es cierto que atendiendo a la edad a la edad de los estudiantes de 5º de Primaria, si no existe ningún profesor observando y vigilando, pueden hacer gamberradas", por lo que es conveniente que exista una supervisión.