
La solicitud de asilo se trata de un mecanismo a disposición de las personas migrantes que se ven obligadas a escapar de sus países de origen a causa de violencia por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un determinado grupo social. Además, según la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), la persecución por motivos de género, incluida la debida a la preferencia sexual y la identidad de género, están reconocidas dentro de este derecho.
Como suele suceder con cualquier trámite con la administración pública, no es un procedimiento sencillo que será resuelto de un día para otro, sino que el trámite puede ser admitido en un plazo máximo de seis meses en su procedimiento ordinario, tal y como informa CEAR.
Nuevo Reglamento de Extranjería
El pasado noviembre, el Gobierno de España introdujo un nuevo Reglamento de Extranjería que tiene como objetivo “facilitar la integración de las personas extranjeras en situación irregular que tienen vínculos acreditados con España, permitiendo el acceso a una autorización de residencia, y facilitando su incorporación al mercado laboral, ya que todas las autorizaciones de residencia por arraigo habilitan a sus titulares a residir y trabajar”, reza la nota de prensa del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Sin embargo, para CEAR, esta modificación normativa también supone “un grave retroceso” para los solicitantes de asilo que, en caso de que sus solicitudes sean denegadas, se encontrarían en una situación administrativa irregular. En este sentido, el equipo de abogados de extranjería, Rimas Assessors, ha explicado en su perfil de TikTok qué consejos deben seguir los solicitantes de asilo para obtener la residencia en España.

“Aplicando estos tres consejos, podrás conseguir tus papeles si eres solicitante de asilo político, a pesar de que el 90% de profesionales de extranjería no te van a contar esto. Primero, desistir del asilo y del recurso, si es que lo tienes interpuesto, y cuanto antes muchísimo mejor”, afirma la abogada y creadora de contenido.
Esto último se debe a la disposición transitoria quinta del nuevo reglamento de extranjería, la cual “te da un año para presentar un arraigo. Tenéis que estar seis meses de manera irregular, dentro de ese año. Por eso, hay tanta prisa en desistir”, aclara la profesional del Derecho.
Como en extranjería “no todo es tan fácil como parece”, el perfil de TikTok de Rimas Assessors sugiere buscar “un buen equipo de profesionales de extranjería que te ayude a conseguir ese arraigo de forma estratégica. Si no, seguramente, no lo vais a saber hacer”.
Plazos del régimen transitorio
La nota de prensa elaborada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones también aclara los plazos a los que deben acogerse los solicitantes de asilo durante el periodo transitorio.
- Las personas solicitantes de asilo deberán contar con una resolución denegatoria (de la solicitud) o desestimatoria (del recurso) firme antes del 20 de mayo de 2025.
- La persona interesada deberá permanecer en España durante un periodo mínimo de seis meses como resultado de la situación denegatoria o desestimatoria precedente y la estancia deberá ser inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud de la autorización.
- Entre el 20 de mayo de 2025 y el 20 de mayo de 2026, incluyendo ambos días, estará habilitado el plazo para la presentación de solicitudes asociadas a este régimen transitorio.