Una notaria, suspendida de empleo tras autorizar un testamento de una anciana moribunda que sufrió dos ictus: dio parte de su herencia a dos empleadas

La sentencia ordena la devolución de los bienes heredados, que asciende hasta los 12 millones de euros

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Juez en juicio con mazo
Juez en juicio con mazo (Adobe Stock)

La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a una notaria por un delito de falsedad en documento público por imprudencia grave. Valentina autorizó un testamento y un poder notarial de una mujer anciana, Otilia, que padecía un importante deterioro cognitivo debido a varios ictus. La sentencia, dictada el 4 de febrero de 2025, anula así la escritura del otorgamiento y ordena la devolución de los bienes heredados, que asciende hasta los 12 millones de euros.

Un testamento firmado en el hospital

Otilia, una mujer de 80 años, sufrió dos ictus en julio y agosto de 2012 que le provocaron graves secuelas neurológicas. Tal y como revelaron los informes médicos, estaba en estado de mínima conciencia, por lo que no tenía capacidad para comprender ni decidir. A pesar de ello, el 24 de agosto de 2012, la notaria se desplazó hasta el hospital donde la anciana estaba ingresada y autorizó la firma de un testamento y un poder notarial.

En este testamento, Otilia, supuestamente, dejó una parte significativa de su fortuna a dos empleadas de confianza y a una fundación que había sido creada poco antes. No obstante, la investigación judicial llevada a cabo después, dejó claro que la señora, dadas sus condiciones, no pudo haber otorgado ese testamento.

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La condena y las consecuencias legales

La sentencia número 47/2025 impone a la notaria Valentina una pena de suspensión de empleo durante un año, además de una multa de 12 meses a razón de 15 euros diarios. Además, se ha declarado la nulidad del testamento y del poder notarial, lo que implica que la herencia de Otilia deberá repartirse conforme a la sucesión intestada.

Asimismo, los beneficiarios del testamento han sido considerados partícipes a título lucrativo y están obligados a devolver los bienes recibidos. Entre ellos se encuentran dos empleadas que heredaron sumas considerables y una fundación que recibió más de seis millones de euros.

Pruebas médicas y testificales determinantes

Imagen de archivo de un
Imagen de archivo de un médico. (Adobe Stock)

El tribunal basó su decisión en los informes de varios peritos médicos que coincidieron en que Otilia no tenía capacidad para testar. Según el doctor Abelardo, jefe del servicio de neurología del hospital donde estaba ingresada, la paciente se encontraba en un estado de respuestas mínimas, sin posibilidad de comprender ni comunicar decisiones complejas.

También se aportaron declaraciones de testigos que estuvieron presentes en la firma del testamento. Algunos aseguraron que Otilia reaccionaba a ciertos estímulos, pero los expertos indicaron que esto no implicaba que pudiera tomar decisiones racionales.

Dilataciones en el proceso judicial

El caso llama la atención porque se ha resuelto 11 años después de la apertura de las diligencias, lo que ha motivado la aplicación de una atenuante por dilaciones indebidas. El juicio oral tuvo lugar en octubre de 2024 y la sentencia se dictó en febrero de 2025.

Esta condena pone el foco en la responsabilidad de los notarios al evaluar la capacidad de quienes otorgan testamentos. Según dicta el Código Civil. corresponde al notario realizar el juicio de capacidad del testador. En este caso, la justicia ha considerado que Valentina incumplió gravemente este deber.