Tres personas venden a una mujer presuntos décimos premiados de la ONCE por 1.550 euros, le roban el bolso y se fugan con el dinero

Los acusados contactaron con la víctima para ofrecerle los supuestos boletos premiados

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Quiosco de venta de loterías
Quiosco de venta de loterías de la ONCE (Fernando Ruso/Europa Press)

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ávila ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por tres personas investigadas por un presunto delito de estafa y hurto leve en la venta fraudulenta de décimos de lotería de la ONCE. La resolución judicial ha confirmado el auto emitido el 23 de mayo de 2024, por el cual se acuerda continuar con los trámites abreviados para determinar si estas personas cometieron un delito de estafa y un delito leve de hurto. Los acusados ofrecieron a una mujer diez décimos supuestamente premiados a cambio de 1.550 euros y, una vez obtenido el dinero, se apoderaron también de su bolso antes de huir del lugar.

Los hechos, según las diligencias previas 370/2022 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Ávila, ocurrieron cuando los sospechosos, identificados como Millán, Yolanda y Trinidad, contactaron con la víctima para ofrecerle los supuestos boletos premiados. La mujer, creyendo que se trataba de una oportunidad real y única, accedió a entregar el dinero. Sin embargo, tras la transacción, los vendedores huyeron con el efectivo y sus pertenencias.

El auto, fechado el 26 de noviembre de 2024, confirma la continuidad del procedimiento por la vía del procedimiento abreviado. Esto significa que existen indicios suficientes para considerar que los hechos imputados pueden constituir un delito de estafa y un delito leve de hurto.

Alegaron falta de pruebas

Los acusados recurrieron la decisión del juzgado de instrucción alegando falta de pruebas y la ausencia de indicios racionales de criminalidad. También solicitaron la práctica de nuevas diligencias de investigación que, según su defensa, no habían sido atendidas en la fase inicial del proceso. Sin embargo, la Audiencia Provincial rechazó estos argumentos.

Este es el dinero que se queda Hacienda de los décimos de la Lotería del Niño.

El tribunal sostuvo que el auto de transformación a procedimiento abreviado cumple con los requisitos legales y que la decisión del Juzgado de Instrucción nº 3 de Ávila está fundamentada en indicios racionales de delito. Así, los magistrados destacaron que el objetivo de la fase de instrucción no es dictar una sentencia condenatoria, sino determinar si hay base suficiente para llevar el caso a juicio.

El auto cita jurisprudencia de la Audiencia Provincial de Madrid y el Tribunal Supremo, indicando que la instrucción debe centrarse en averiguar si existen indicios de delito. “La actuación instructora se orienta básicamente a la averiguación de todo aquello que pueda conformar una base indiciaria bastante para posibilitar la acusación. De ahí que, existiendo indicios suficientes de la comisión de un hecho que reviste caracteres de delito [...] debe continuar el procedimiento”, dicta el documento.

Con la desestimación del recurso, el caso seguirá adelante y, en caso de que la acusación formule los cargos correspondientes, se abrirá juicio oral contra los acusados. En el juicio, se determinará si son culpables de la estafa y del hurto leve y qué penas les corresponden en caso de condena.

Mientras tanto, la Audiencia ha ordenado que los acusados asuman las costas del recurso y ha notificado a todas las partes que no cabe presentar más recursos ordinarios contra esta decisión.