Sentencia histórica: un español que cobró 4.500 euros del Ingreso Mínimo Vital por error de la Seguridad Social no tendrá que devolver el dinero

Este riojano recibió la prestación y luego le indicaron que la administración se había equivocado

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Eximen a un beneficiario del
Eximen a un beneficiario del ingreso mínimo vital de devolver el dinero que le asignaron por error. (Infobae)

¿Debe devolver el beneficiario de una prestación el dinero que le asignó por error la administración estatal? Esta ha sido la duda a la que se ha tenido que enfrentar el Estado y un riojano durante el juicio celebrado el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja el pasado mes de febrero. Este hombre de 51 años recibió 4.513,86 euros por error de la Seguridad Social con motivo del ingreso mínimo vital (IMV) y ha quedado eximido de tener que devolver el dinero.

La decisión del juez ha supuesto una sentencia histórica, ya que este español, vecino de Calahorra, “es el primer ciudadano del país que ha ganado una demanda de este tipo contra el Estado”, ha indicado el portal Legal Today. Este riojano recibió la cuantía de manera incorrecta en el período de 2020 y 2021, los primeros años de la pandemia por la Covid.

Palacio de Justicia de La
Palacio de Justicia de La Rioja.

No hubo mala fe del beneficiario

En el juicio se puso de manifiesto que la Seguridad Social le retiró la ayuda por superar el umbral de ingresos que se exigía para este tipo de prestación. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha fallado a favor del español. Esta decisión se vio motivada por la “doctrina Cakarevic” a través de la cual se establece que si el fallo fue de la administración y no se demuestra mala fe por parte del beneficiario, el ciudadano no está obligado a devolver el dinero.

La sentencia del juez se justificó basándose en los acontecimientos previos a recibir el ingreso. El riojano solicitó la ayuda del ingreso mínimo vital tras perder su empleo durante el primer año de la pandemia, 2020. En ese mismo período su mujer se encontraba en situación de ERTE, por lo que en el hogar no entraba ningún sueldo en ese momento. Ante esto, la administración regional dio la aprobación para la prestación, según los datos de la renta. En cambio, más tarde, indicó que hubo un error y que los beneficiarios de los más de 4.000 euros tenían que devolver la cuantía al completo.

Acceso a la vía judicial
Acceso a la vía judicial para defender un error administrativo. (Freepik)

Vía judicial como defensa de un error administrativo

La abogada del riojano, Eva Herrero Herce, según el portal Legal Today, indicó que “no se puede hacer recaer sobre el beneficiario, un error de la autoridad competente y, sobre todo, a un señor que no tiene suficientes ingresos para su día a día”. Esta decisión también la contempló el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, que fue el precursor de la doctrina “doctrina Cakarevic”. Ante estas declaraciones, la jurista indicó que más personas habían contactado con ella por casos similares o de mayor envergadura.

Esta abogada también animó a que cualquier que se encuentre en una situación parecida y crea que es injusta, debe acudir a la vía judicial como forma de defender sus derechos. Además, sostuvo que “no tienen nada que perder si consideran que han actuado de buena fe”, continuó su declaración señalando, “especialmente en un contexto en el que muchas personas atraviesan dificultades económicas y les resulta imposible devolver las sumas reclamadas, aún más con los recargos e intereses adicionales”.