España prorroga un año la tarjeta de identidad a los más de 236.000 ucranianos protegidos

Todas las protecciones temporales conllevan el permiso de residencia y, para los mayores de edad, de trabajo

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Varias personas marchan con banderas
Varias personas marchan con banderas en una concentración para pedir el fin de la guerra en Ucrania, en la Plaza de Cibeles, en Madrid. (Carlos Luján/Europa Press)

El Gobierno ha prorrogado este sábado automáticamente hasta marzo de 2026 la validez de las tarjetas de identidad de extranjero de los más de 236.000 ucranianos desplazados por la invasión de Rusia a los que España ha dado protección temporal desde marzo de 2022, según publica el Boletín Oficial del Estado.

Todas las protecciones temporales conllevan el permiso de residencia y, para los mayores de edad, de trabajo. Además, en virtud de lo establecido por la Dirección General de Tráfico, los desplazados que obtienen la protección temporal pueden utilizar legalmente sus permisos de conducir. La orden del Ministerio del Interior prorroga de manera automática y sin que sea necesario obtener otra nueva la validez de las tarjetas de identidad de extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal y que expiraban el próximo 4 de marzo.

En marzo de 2022, el Consejo de la Unión Europea constató la existencia de una afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de Ucrania. De conformidad con la Directiva, la protección temporal se aplicó durante un período inicial de un año, hasta el 4 de marzo de 2023, y con posterioridad se prorrogó automáticamente hasta el 4 de marzo de 2024, y luego hasta ese mes de 2025. Ahora se extiende un año más.

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Las decisiones de ejecución del Consejo son directamente aplicables en los Estados miembros, por lo que no es necesario recurrir a resoluciones individualizadas para prorrogar la protección temporal de todos los beneficiarios reconocidos por España, que ya sobrepasan los 236.000.

Se trata de un asunto que no sólo tiene repercusión en el territorio nacional, sino también en el territorio de los demás Estados miembros, por el que están habilitados a circular los titulares de dichas tarjetas durante un tiempo máximo de 90 días, dentro de cualquier periodo de 180 días, así como en las fronteras exteriores de todo el espacio Schengen.

Noticia elaborada por EFE