Una conductora recibe una multa de más de 3.000 € por entrar en la ZBE de Plaza Elíptica y la Justicia le da la razón: la sanción es contraria a la ley

Además, la sentencia recoge que la titularidad de dicho tramo vial corresponde al Estado

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Cartel que señaliza la Zona
Cartel que señaliza la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) en Plaza Elíptica, Madrid. (Europa Press)

El pasado septiembre de 2024, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ordenó la anulación de la ordenanza en la que se definen las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) del municipio de Madrid, así como las que establecen las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP), en Distrito Centro y Plaza Elíptica.

Desde entonces, y a pesar de que la sentencia emitida por el tribunal no es firme, el Ayuntamiento de Madrid ha sufrido numerosos reveses judiciales en pleitos contra conductores que han recibido multas al circular por el túnel de Plaza Elíptica, obligando al consistorio local a devolver las sanciones impuestas.

“Disposición contraria a la Ley o la Constitución”

En los últimos días, se ha conocido que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 30 de Madrid ha anulado la sanción impuesta de más de 3.000 euros a una conductora que condujo con su vehículo por el túnel de Plaza Elíptica. Otro caso similar al anterior fue el que le sucedió a un individuo, quien fue multado con 200 euros por acceder sin autorización a la ZBEDEP de Plaza Elíptica.

Además, en ambos litigios, Automovilistas Europeos Asociados (AEA) fue la organización que se encargó de proporcionar los servicios jurídicos necesarios a sendos afectados. En los dos casos, el tribunal madrileño cuestionó la competencia del Ayuntamiento de Madrid para sancionar infracciones “en la carretera A-42, punto kilométrico 3,9 sentido decreciente, cuya titularidad corresponde al Estado”, expresa la nota de prensa de AEA.

Retraso en la agenda verde: sólo 17 de 149 municipios españoles cumplen con la normativa de las Zonas de Bajas Emisiones.

Aunque el Tribunal Supremo no ha resuelto aún el recurso interpuesto por el ayuntamiento madrileño, esta última sentencia manifiesta el criterio seguido por juzgados de la capital, que consideran nulas las sanciones por cuanto se imponen “en aplicación de una disposición de carácter general que no se ajusta a Derecho”, afirma AEA. En este sentido, la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 30 de Madrid explica que “el Juez puede dejar de aplicar una disposición de carácter general cuando sea contraria a la ley o la Constitución”.

Más de 435 millones de euros en multas

El comunicado de prensa de Automovilistas Europeos Asociados muestra el ingreso que el Ayuntamiento de Madrid ha obtenido gracias a la aplicación de multas en ZBE. Según información publicada en el portal de transparencia del consistorio local, desde septiembre de 2021 hasta octubre de 2024, el organismo gobernado por José Luis Martínez-Almeida ha impuesto 2.284.320 multas, las cuales ascienden a un valor superior a los 435 millones de euros.

Para el interés de los conductores, explica Mario Arnaldo (presidente de AEA), sentencias como la anterior “constituyen un importante precedente judicial” porque constata que el consistorio local ha puesto “cientos de multas ilegales en el túnel de Plaza Elíptica”.

Además, el propio Arnaldo, en representación del organismo que preside, anima a recurrir las sanciones y agotar las vías de defensa. “Si el Tribunal Supremo inadmite el recurso, el Ayuntamiento de Madrid no solo tiene que anular las multas pendientes, sino que tiene devolver a los automovilistas hasta el último céntimo de lo que ha estado cobrando injustamente durante todos estos años”.