Un cartero de Correos roba tarjetas de crédito de clientes del Banco Santander y extrae 22.900 euros: es condenado a 3 años y medio de cárcel

Además, debe pagar esa cantidad de dinero al Banco Santander en concepto de responsabilidad civil, con responsabilidad subsidiaria de Correos

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Oficina de Correos en Aínsa,
Oficina de Correos en Aínsa, Huesca (CORREOS)

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de tres años y medio de prisión para un cartero de Correos que durante un año estuvo robando tarjetas de crédito, con las que realizaba extracciones de dinero. Además, debe pagar 22.900 euros al Banco Santander en concepto de responsabilidad civil, con responsabilidad subsidiaria de Correos.

Según los hechos probados, el condenado trabajó entre junio de 2016 y junio de 2017 como cartero para Correos, por lo que sus labores eran las de clasificación y reparto de cartas. “Aprovechando estas tareas, se apropió de diversas cartas remitidas por el Banco Santander a sus clientes y las tarjetas de crédito o débito que contenían, así como de las cartas que llegaban después con la clave secreta o PIN de las tarjetas”, relata el fallo.

Ya cuando las tenía en su poder, procedía a activar dichas tarjetas y extraer dinero en diferentes fechas y cajeros automáticos tras introducir la clave PIN. Las cantidades de dinero variaban de los 40 euros hasta los 600 euros, llegando la cantidad total de 22.900 euros.

Denuncia del Banco Santander

En ese momento, el banco comenzó a recibir reclamaciones de clientes que informaban sobre cargos fraudulentos en sus cuentas. Estas personas aseguraban no haber solicitado duplicados de sus tarjetas ni haber compartido sus códigos PIN con terceros y, tras una revisión interna, la entidad financiera identificó que la mayoría de los afectados eran clientes cuyos envíos postales —conteniendo tarjetas y sus respectivos PIN— habían sido gestionados por la Unidad de Distribución de Correos en El Casar (Guadalajara).

Al notar la coincidencia geográfica en la pérdida de correspondencia bancaria y las extracciones fraudulentas, el Banco Santander presentó una denuncia ante la Policía Nacional. La entidad aportó registros de las transacciones sospechosas, listados de clientes afectados y las ubicaciones de los cajeros automáticos donde se realizaron los retiros de dinero.

La investigación se centró en rastrear la ruta de distribución de la correspondencia bancaria y analizar las imágenes de seguridad de los cajeros automáticos. En este proceso, las autoridades descubrieron que, en varias ocasiones, una persona con rasgos coincidentes con los del cartero aparecía retirando dinero en efectivo. Paralelamente, la revisión de registros internos en Correos permitió identificar que el condenado tenía acceso a la correspondencia de los clientes perjudicados y que ninguno de los buzones de los destinatarios había sido forzado, lo que indicaba que las cartas fueron interceptadas antes de llegar a su destino.

El trabajador de Correos ha sido grabado mostrando el contagioso buen humor con el que trabaja.

Con estos elementos, la Policía procedió a su detención y a la apertura de un proceso judicial en su contra, que derivó en la instrucción del caso por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Guadalajara dentro del Procedimiento Tribunal Jurado nº 1/2020.

Cinco años de inhabilitación especial para empleo o cargo público

Tras el juicio, la Audiencia Provincial de Guadalajara dictó la sentencia nº 2/2022 el 8 de febrero de 2022, declarando al trabajador culpable de los delitos imputados y condenándolo a tres años y seis meses de prisión, veinte meses de multa con una cuota de diez euros diarios, cinco años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, así como al pago de 22.900 euros al Banco Santander en concepto de responsabilidad civil. Además, se estableció la responsabilidad civil subsidiaria de Correos y Telégrafos.

El condenado interpuso recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que en su sentencia nº 47/2022, de 14 de julio de 2022, confirmó íntegramente el fallo de la Audiencia Provincial. Frente a esta decisión, el hombre presentó un recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, alegando vulneración de su derecho a la presunción de inocencia y la aplicación indebida de los artículos 413 y 248.2 del Código Penal.

Ahora, el Tribunal Supremo ha admitido el recurso a trámite y ha resuelto confirmar las sentencias anteriores.