![La vicepresidenta segunda y ministra](https://www.infobae.com/resizer/v2/ESQOYCXKV5H5LBPTJ7ZBY6OC6U.jpg?auth=20dcc9c510f8c192f6880bfc1164e1abf52b2a6f7b27abc3872ad617534e9871&smart=true&width=350&height=233&quality=85)
Sumar ha registrado una proposición de ley en el Congreso de los Diputados por la que se modifica la norma que regula el Ingreso Mínimo Vital y crea un régimen jurídico propio para las ayudas de emergencia. En concreto, la propuesta de los de Yolanda Díaz persigue “tres mejoras sustanciales”, tal como informa el espacio liderado por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Para Sumar es “imprescindible” que esta reforma salga adelante, ya que va en la línea de lo acordado con el PSOE en el marco del acuerdo de Gobierno sellado en octubre de 2023.
En este sentido, el socio minoritario del PSOE en el Gobierno buscar corregir el desfase que existe entre el momento del reconocimiento de la prestación y el de la revisión. También, da un paso más en la simplificación de los procesos burocráticos. Y, por último, ante situaciones catastróficas como la DANA, plantea que la aportación documental se reduzca a una declaración responsable.
Sumar destaca que, según la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), “tan solo un 36% de los hogares potencialmente beneficiarios perciben esta renta, especialmente por la dificultad del proceso. Hay que atajarlo”. Por ello, plantea varias modificaciones legales, como bajar la edad de los beneficiarios que viven solos de 23 a 18 años y que el cómputo de los ingresos y rentas de los solicitantes tenga en cuenta solo los tres últimos meses, en lugar del ejercicio anterior, como se pide actualmente. Asimismo, que en ese cómputo no se incluya la hipoteca para vivienda habitual.
Nuevas prestaciones de emergencia social
“El cómputo de renta del hogar y la existencia de determinados criterios de cómputo de patrimonio dificultan el acceso y, por otro lado, hace que se produzcan una gran cantidad de requerimientos de devolución cuando se recalculan los ingresos del hogar. Un 65% de las prestaciones se revisan, un 32% resultan o en baja o en reducción del IMV. Esto provoca endeudamiento y devoluciones de dinero a la Administración, que suponen una gran complicación para familias de rentas bajas”, reza en la exposición de motivos.
La reforma legal modifica el actual complemento de ayuda a la infancia al establecer una “cuantía mensual por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia”, que podrá solicitarse sin ser perceptor del ingreso mínimo. También, elimina la prestación para convivientes sin vínculo de parentesco y la limita la unidad de convivencia a los parientes hasta primer grado.
Asimismo, insta a las comunidades autónomas para que establezcan unas nuevas prestaciones de emergencia o urgencia social con cargo a sus presupuestos en un plazo de 12 meses. “Las familias que precisan solicitar una ayuda económica de emergencia de carácter puntual se ven obligadas a una gestión que sobrecarga tanto a los hogares como a la administración municipal, ampliando los plazos y esperas e incumpliendo que estas ayudas respondan realmente a necesidades que han de estar cubiertas con prontitud. Esto hace necesario la creación de un régimen jurídico propio de las prestaciones económicas de emergencia social, que sea acorde a su excepcionalidad”, justifica la norma.