Para los ciudadanos de fuera de la Unión Europea que desean establecerse en España, el permiso de residencia es un requisito indispensable para permanecer legalmente en el país por más de 90 días. Este documento es esencial para quienes buscan iniciar una nueva vida en territorio español, ya sea por motivos laborales, académicos o personales. La normativa distingue entre diferentes tipos de permisos, cada uno adaptado a las necesidades y circunstancias de los solicitantes.
Una de las formas más sencillas para obtener la residencia es, además de los estudios, a través de un trabajo, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia. Para ello, los extranjeros necesitan presentar un contrato firmado tanto por él mismo como por el empleador, que garantice al trabajador una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para residir y trabajar. Esta ocupación debe estar incluida en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) o, de lo contrario, el empleador debe acreditar que no es capaz de encontrar un candidato entre los ya disponibles en el mercado laboral interno.
Pero los empleos pueden perderse y muchos temen que al quedarse en el paro se revoque también el permiso de residencia. Ante esta duda, el abogado Pau Ventura, del bufete Ventura Extranjería Abogados, explica a los interesados qué puede ocurrir en este escenario. Aunque es una posibilidad, no siempre se pierde.
Qué pasa si pierdo mi empleo
De forma general, según Ventura, “perder el empleo no significa perder el permiso de residencia”. La razón está en que, pese a quedarte sin trabajo, siempre está la posibilidad de encontrar otro. Eso sí, este debe cumplir ciertos requisitos.
“Te pueden echar del trabajo, pero si tú has cotizado mínimo tres meses, en general podrás renovar [el permiso]”, asegura el letrado.
Excepciones: el empleo cualificado
Toda norma tiene sus excepciones y, en este caso, aquellos que realicen trabajos altamente cualificados pueden tener problemas para renovar su residencia. “El problema es que esa residencia va vinculada a una empresa”, explica Ventura. Por tanto, si pierden su trabajo “tienen tres meses para buscar otro como personal altamente cualificado”, no les valdrá otro en cualquier ámbito.
Si esta opción es demasiado compleja, siempre se puede intentar modificar la residencia “con otro trabajo que no entre dentro del profesional altamente cualificado”. “Las personas que tienen una residencia y trabajo por cuenta ajena normal, la residencia no va vinculada al empleo. Por tanto, si pierden el empleo, no pierden la residencia; mientras que las personas que tengan un profesional altamente cualificado, si pierden el empleo, puede ser que pierdan la residencia si no hacen algo”, resume.
El trabajo por cuenta propia
En caso de que la persona trabaje por cuenta propia, es decir, sea autónoma, deberá cumplir una serie de requisitos para establecer su actividad económica en España:
- No encontrarse irregularmente en territorio español.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia, durante los últimos cinco años, siempre que esos delitos existan en el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
- Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige a los nacionales para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
- Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada, así como la colegiación cuando así se requiera.
- Poder acreditar que la inversión prevista sea suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo, incluyendo como tal el autoempleo.
- Abonar las tasas por tramitación de la autorización de residencia temporal y la relativa a la autorización de trabajo por cuenta propia.