En agosto de 2023, un conductor fue detectado por un radar cerca de Salt, a las afueras de Girona, a una velocidad muy superior a la permitida. La carretera establecía un límite de 50 km/h, pero el automovilista circulaba a 71 km/h. La multa inicial fue de 300 euros, pero si la hubiera pagado en los veinte primeros días después de su recepción, el importe se hubiese reducido a la mitad.
Sin embargo, el afectado asegura en el programa de radio 24/3 que la sanción no le llegó a su domicilio, y que la primera noticia de la sanción la tuvo un año después, pero ya era demasiado tarde, la multa había ascendido hasta los 1.000 euros.
La razón, la administración de Xaloc, encargada de transmitir las multas hasta en 35 municipios gerundenses, no tenía la dirección actualizada del automovilista. Por su parte, Xaloc afirma que la multa fue enviada a la dirección que constaba en la Dirección General Tráfico (DGT).
Todas las administraciones encargas de enviar las multas a los domicilios utilizan las direcciones de la DGT, por lo que “en todo momento se ha seguido la normativa”, han explicado desde Xaloc. Por ley, todos los ciudadanos tienen la obligación de comunicar un cambio de domicilio.
En respuesta, el conductor declaró que “era fácilmente demostrable porque estaba registrado en otro domicilio”. Por lo tanto, no comprende que la multa llegará un año después a la dirección donde vivía con sus padres. “Se están aprovechando de estos descuidos para ir cobrando dinero”, afirma el conductor.
El caso es más complicado de lo que parece porque, junto a la notificación de la multa, Xaloc envío un requerimiento de identificación del conductor. Aunque el Servicio Catalán de Tráfico no obliga a identificar al conductor si este es el habitual, Xaloc mantiene una política que pasa por aplicar la ley de forma estricta.
En todas las denuncias, excepto en las de estacionamiento, el organismo envía un requerimiento para identificar al conductor en el momento de la infracción. De las más de 22.000 notificaciones de este tipo, casi 4.000 quedaron sin respuesta.
“Somos conscientes de que la gente no mira el BOE”
El procedimiento que siguen las administraciones para que una multa llegue a su destinatario es sencillo. Las sanciones administrativas se envían por correo certificado. Si no llega a la primera, se realiza un segundo intento en la misma dirección. En el caso de no encontrar a la persona destinataria, se envía un tercer y último intento por correo ordinario y se publica en el Boletín Oficial de Estado (BOE).
“Somos conscientes desde la organización de que la gente no mira el BOE”, ha dicho Inma Muñoz, presidenta de Xaloc en el programa de radio. Además, ha admitido que existe un cierto margen de mejora en cuanto al envío de las notificaciones.
Pero este no es el único caso que compromete al Servicio Catalán de Tráfico. El servicio jurídico de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) lleva años denunciando el “erróneo criterio sancionador” que los radares catalanes vienen aplicando desde 2010 para graduar las sanciones por exceso de velocidad.
Según los cálculos compartidos por Mario Arnaldo Fernández, presidente de la organización, al diario Confilegal, en los últimos tres años, el Servicio Catalán de Tráfico ha podido imponer cerca de 100.000 multas con importes superiores a los establecidos en la Ley de Seguridad Vial.
El presidente afirma que “al triplicar el importe de las multas, están generando ingresos extra a la Hacienda de la Generalitat a costa de poner sanciones injustas a conductores que no tienen que pagar esas multas”.