Muchos de los habitantes de la localidad malagueña de Torremolinos, que actualmente cuenta con una población de casi 71.000 personas, siguen sin poder creer cómo en pleno 2025 una discoteca ha anunciado una fiesta con un cartel en el que se prohíbe la entrada de personas homosexuales. “No peleas, drogas, gorras, chanclas ni maricones”, dice el reglamento del club de ocio nocturno Casa Fátima Ino para una fiesta prevista para el próximo 18 de enero y que ha generado una amplia polémica y la denuncia por homofobia tanto de representantes políticos como de asociaciones LGTBIQ+.
“Son publicidades que no se pueden permitir porque atentan contra todos los derechos humanos y contra los derechos constitucionales de las personas LGTBI+. Es un ataque a la dignidad de las personas gais y en general del colectivo”, dice a Infobae España la presidenta de la Asociación LGTBI+ Ojalá de Málaga, Charo Alises, que explica que este lunes presentarán un escrito ante el alcalde de Málaga, Francisco de la Torre (Partido Popular), firmado por medio centenar de entidades andaluzas que luchan contra la LGTBIfobia.
Sorprende especialmente este tipo de carteles homófobos en Torremolinos porque esta localidad turística de la costa del Sol lleva siendo un referente para el colectivo desde hace décadas. Incluso ya en los años 60, en plena dictadura franquista, cuando la homosexualidad estaba penada, fue considerado como un pequeño oasis de libertad en un país donde la tolerancia brillaba por ausencia.
Aquí se abrió en 1962 el primer bar gay de toda España, el Tony’s bar, ubicado en el famoso Pasaje Begoña, un pequeño callejón que albergó hasta una treintena de locales, discotecas y restaurantes donde las personas se podían expresar libremente sin importar su orientación sexual y que pronto se convirtió en una importante fuente de divisas, por lo que las autoridades franquistas solían hacer la vista gorda, si bien en 1971 hubo una gran redada que acabó con más de 300 personas detenidas y los locales cerraron. No obstante, fue tal la importancia de este emblemático callejón que en 2020, y gracias a la labor incansable de la Asociación Pasaje Begoña para darlo a conocer, protegerlo y recuperar la memoria histórica, fue declarado Lugar de Memoria Histórica y Cuna de las Libertades y los Derechos de las personas LGTBI.
“Torremolinos es un sitio que históricamente ha supuesto un oasis de libertad para las personas LGTBI, incluso en la dictadura franquista, por lo que anuncios como el de esta discoteca añaden aún más gravedad al asunto, porque muchas personas vienen de otros lugares de España y del mundo porque entienden que es un lugar seguro para todas las personas”, sostiene Alises.
Y es que a pesar de los avances en materia de igualdad y de normas como la ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, que por ejemplo ha eliminado los requisitos para acceder al cambio de nombre y sexo en el Registro Civil sin ningún requisito a partir de los 16 años, o la ley que desde 2004 permite el matrimonio entre personas del mismo sexo, aún queda un largo camino que recorrer en España en materia de igualdad, advierte la activista. “Aunque parezca que todo está conseguido porque hay leyes LGTBI a nivel estatal e incluso tenemos una ley andaluza, lo cierto es que la igualdad real de derechos, es decir, esa que se ve en la calle, en el día a día, todavía no se ha conseguido. Y esta publicidad es una prueba de que todavía falta esa igualdad real de derechos para las personas LGTBI en España”, añade.
Muestra también de que aún falta mucho por hacer por los derechos de este colectivo es la denuncia que el pasado 30 de diciembre presentó la Asociación Española contra las Terapias de Conversión ante el Ministerio de Igualdad contra varias diócesis españolas, además de personas físicas, una empresa y una fundación, por presuntamente promover y acoger eventos donde se proponen este tipo de prácticas para personas LGTBI “basadas en la castidad y la práctica religiosa” con el objetivo de cambiar su orientación sexual, pese a estar prohibidas por ley.
“El odio y la homofobia no tienen cabida”
En cuanto al cartel homófobo de la discoteca de Torremolinos, el Ayuntamiento de la localidad también lo ha denunciado ante la Policía Nacional, después de que su alcaldesa, Margarita del Cid, asegurase, además, que no se van a consentir ese tipo de actitudes. “El odio y la homofobia no tienen cabida aquí y vamos a hacer todo lo que esté en nuestra mano para prohibir este evento y cualquier actividad de un club que fomente esta lamentable actitud. Los únicos que sobran son ellos”, indicó en un mensaje en sus redes sociales, mientras que el promotor de la fiesta ha señalado en declaraciones al medio Málaga Hoy que si la alcaldesa de Torremolinos se opone, “trasladarán el evento a Málaga capital con el mismo reglamento”. Es más, el empresario ha dicho que el suyo, como el de la comunidad LGTBI, “es un derecho” y “no todo el mundo puede estar de acuerdo”.
La discoteca Casa Fátima Ino, un local privado marroquí ubicado en la calle Cruz de Torremolinos que aún no ha abierto y que pretende estrenarse con ese evento, incluye en sus carteles, además de los referidos rechazos, la frase “comportamiento irresponsable o agresivo = expulsión inmediata”.
Expediente sancionador
Por otro lado, la Junta de Andalucía ya ha iniciado las actuaciones para abrir un expediente sancionador por infracción a los derechos de las personas LGTBI. Asimismo, la ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha calificado el anuncio de la discoteca Casa Fátima Ino de “intolerable” y de “ataque directo a la igualdad”. “Nuestra condena absoluta a ese tipo de discriminaciones que no tienen cabida de ningún tipo en nuestra normativa y en nuestra Constitución”, ha señalado la ministra.
FACUA Andalucía también ha presentado una denuncia ante la sección territorial de Torremolinos de la Fiscalía Provincial de Málaga contra la mencionada discoteca por “posibles delitos de odio”, ya que, tal y como han explicado a través de un comunicado, la palabra “maricones” conlleva una “carga ofensiva y humillante hacia un colectivo social que tradicionalmente ha sido objeto de discriminación, hostilidad y trato violento”.
Para ello, se acogen al Título XXI de libro segundo del Código Penal relativo a los delitos contra la Constitución. En su artículo 510, el texto recoge que serán castigados con una pena de prisión de uno a cuatro años, y multa de seis a doce meses, “quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquel, por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad”.