Samuel Luiz, de 24 años, fue asesinado el pasado 3 de julio de 2021 mientras estaba de fiesta en el paseo marítimo coruñés. Se encontraba realizando una videollamada fuera de una discoteca, cuando un grupo de personas allí presentes pensaron que les estaba grabando, lo que inició una agresión contra él. Al grito de ‘maricón de mierda’, acabaron con la vida del joven.
Diego Montaña, Alejandro Freire, Kaio Amaral y Alejandro Míguez se han sentado durante una veintena de sesiones como acusados del crimen, y tras semanas de deliberación han sido condenados con diferentes castigos, dependiendo de la involucración que tuvieron en el ataque: 74 años de cárcel en total.
En el juicio, la organización Alas A Coruña ha participado como acusación particular con el objetivo de demostrar que la agresión a Samuel estuvo motivada por la homofobia de los ahora condenados. La presidenta de la asociación, Ana G. Fernández, considera que, gracias a la sentencia, finalmente eso ha quedado probado. “Quedó claro ese odio, no solo en el principio de la agresión, sino durante todos los hechos”, asegura a Infobae España.
“La gente tiene más claro que este tipo de actos no tienen cabida”
“Envía un mensaje claro de que estos delitos no quedan impunes”, explica. De la conclusión a la que ha llegado la jueza de la Audiencia Provincial de A Coruña, destaca que “se ha reconocido que ‘maricón de mierda’ no es solo una expresión más, sino que es un término vejatorio” y un motivo para declarar la agresión como delito de odio.
“No sé si marcará un antes y un después. Nosotros creemos que sí. Además, es un punto positivo, sobre todo por el debate, en la sociedad y en los medios, que ha creado sobre si había existido homofobia”. Sobre este tema, la presidenta de la asociación envía un mensaje claro a todos los tertulianos que durante estos meses han pasado por diversos programas para defender que la agresión no tuvo una motivación homófoba y les pide que “se lean la sentencia minuciosamente, porque con sus declaraciones también han ayudado a la perpetuación de la LGTBI-fobia”.
Desde la organización, celebran que este fallo “no solo ayuda al colectivo LGTBIQ+, beneficia a toda la sociedad” y “es un paso importante que demuestra cómo avanza la sociedad. La gente tiene más claro que este tipo de actos no tienen cabida”. “Esperamos que esto pueda ayudar a sensibilizar y a cualquier persona que por desgracia se tenga que encontrar en una situación parecida”, zanja Ana G. Fernández, pero advierte que con esto “no se acaba la LGTBI-fobia”.
El veredicto de la jueza
En el fallo, la magistrada presidenta, Elena Fernanda Pastor Novo, ha impuesto a Diego Montaña una pena de 24 años de prisión, muy cercana al máximo legal —25 años—, por el agravante de discriminación por razón de orientación sexual. Para llegar a esa pena, ponderó la especial gravedad del hecho, la intervención directa del acusado, desde el inicio del ataque grupal hasta el final, así como “la magnitud del daño causado y su actitud posterior ante la víctima y su familia, mostrando una absoluta falta de empatía y una crueldad que merecen un mayor reproche penal”.
Por su parte, Alejandro Freire ha sido condenado a 20 años de prisión, porque, según la jueza, la ausencia de circunstancias agravantes o atenuantes determina la imposición de la pena en su mitad inferior, que abarca un arco punitivo que va de 15 a 20 años en prisión, al igual que en el caso de Kaio Amaral. La magistrada advierte “su condición de partícipe destacado (ataca a Samuel por la espalda, lo derriba y lo tira al suelo) y la intensidad de sus ataques”.
A Kaio le ha impuesto un total de 20 años y medio —17 por el asesinato y tres años y medio por el robo con violencia— porque indica que su intervención en el asesinato “no llega a la entidad” de la de Diego y Alejandro Freire, de acuerdo con el veredicto del Tribunal del Jurado. Y, finalmente, Alejandro Míguez ha sido condenado a 10 años de prisión, ya que, al ser cómplice de asesinato, procede imponerle una pena inferior, que en este caso abarca un arco punitivo de 7 años y medio a 15 años de prisión.