
A seis meses del devastador temporal que azotó al Departamento Federación, en la provincia de Entre Ríos, el Ministerio de Economía declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario para las explotaciones de citrus del distrito Mandisoví por los daños provocados por la importante caída de granizo y los fuertes vientos de aquel 5 de mayo. La medida establece que la emergencia regirá hasta el 4 de mayo de 2026, abarcando el ciclo productivo completo de la zona afectada.
La decisión surge a partir del pedido formal realizado por el gobierno de Entre Ríos, que presentó el decreto provincial 2522/2025 ante la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios.
En la reunión del 15 de octubre, la comisión analizó la situación y recomendó la declaración de emergencia para las explotaciones citrícolas de Mandisoví, en línea con lo dispuesto por la ley 26.509, que regula el régimen nacional para la atención de emergencias y desastres agropecuarios.
El evento climático del 5 de mayo provocó daños severos en los cultivos de citrus y hortalizas de la región.
Según el decreto provincial, las explotaciones hortícolas también fueron incluidas en la declaración de emergencia, aunque en su caso el plazo de vigencia se fijó hasta el 4 de noviembre de 2025.
La resolución nacional, en cambio, se centra en los productores citrícolas y extiende la cobertura hasta el 4 de mayo de 2026, fecha que la comisión estableció como finalización del ciclo productivo para las áreas afectadas.

La resolución detalla los pasos que deberán seguir los productores para acceder a los beneficios previstos por la ley 26.509. Será necesario presentar un certificado emitido por la autoridad provincial competente, que acredite que el predio o explotación se encuentra comprendido en la zona y el período declarados en emergencia
El gobierno de Entre Ríos deberá remitir a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la comisión nacional el listado de productores afectados, acompañado de la documentación respaldatoria.
La medida también instruye a las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas, y a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a implementar los mecanismos necesarios para que los productores comprendidos en la resolución accedan a los beneficios fiscales y crediticios previstos en los artículos 22 y 23 de la ley 26.509.
Estos artículos contemplan, entre otras medidas, la prórroga o exención de impuestos nacionales y la refinanciación de créditos bancarios para los productores afectados por emergencias o desastres agropecuarios.
Por último, la resolución faculta al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía a celebrar los convenios y actos necesarios para la ejecución de la medida, y establece que la norma entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
A su vez, el Ministerio de Economía dispuso la prórroga y ampliación del estado de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía en amplias zonas de la provincia de Río Negro, una medida que impacta de lleno en la actividad ganadera y busca aliviar la situación de los productores afectados. Esta decisión responde a la solicitud formalizada por el gobierno provincial y al análisis realizado por la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios.
La resolución establece que, desde el 1 de junio de 2025 y hasta el 31 de mayo de 2026, las explotaciones ganaderas bovinas, ovinas y caprinas de los departamentos Avellaneda, Conesa, El Cuy, General Roca, Pichi Mahuida y 9 de Julio continuarán bajo el régimen de emergencia y/o desastre agropecuario, una situación que ya había sido declarada y prorrogada en años anteriores. Además, se incorpora a los departamentos Ñorquincó, Pilcaniyeu y 25 de Mayo, que a partir de la misma fecha quedan alcanzados por la declaración debido a la persistencia de la sequía.
El conflicto central que atraviesa la medida es la persistencia de condiciones climáticas adversas que afectan la producción ganadera en la región, y la necesidad de articular respuestas estatales que permitan a los productores acceder a beneficios fiscales, crediticios y administrativos previstos en la ley 26.509.
Esta norma, conocida como Ley de Emergencia Agropecuaria, habilita a los afectados a solicitar prórrogas impositivas, exenciones y asistencia financiera, siempre que acrediten su situación mediante un certificado emitido por la autoridad provincial competente.
La Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios recomendó la medida tras analizar la situación provincial y estableció el 31 de mayo de 2026 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas.
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