Apelación en EEUU por YPF: cuáles fueron los argumentos que presentó Argentina para no perder el 51% de acciones de la petrolera

El argumento central de la defensa local es que el fallo de primera instancia de la jueza Loretta Preska viola la inmunidad soberana del país

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La torre de YPF en
La torre de YPF en Puerto Madero

La República Argentina presentó anoche, en la Corte de Apelaciones del Distrito Sur de Nueva York, sus fundamentos de apelación contra la orden de entrega de las acciones de YPF.

La medida se da luego del fallo de primera instancia de 2023 de la jueza Loretta Preska que obligó al estado local a pagar USD 16.000 millones -cifra que escaló a más de USD 18.000 millones por los intereses que corren desde entonces– a Burford Capital, el estudio ingles que compró los derechos de litigio en esta causa y es el principal beneficiario.

El Estado local apeló ese fallo “madre” del que comenzará a haber presentaciones de las partes el mes que viene. Mientras tanto, y por que el sistema judicial así lo permite, Burford intenta cobrar accionando en el estrado de Preska. Así, entre otras medidas, pidió quedarse con las acciones que tiene el Estado (51%) en la empresa. Esa solicitud tuvo una serie de apelaciones y fallos, y Argentina presentó hoy los argumentos para no perder esa tenencia.

La jueza estadounidense Loretta Preska
La jueza estadounidense Loretta Preska (Reuters)

Son argumentos que Argentina ya había manifestado y que la Procuración del Tesoro de la Nación (PTN), el cuerpo de abogados del Estado que encabeza Santiago Castro Videla y que lleva la defensa del caso, junto a estudios de EEUU, resumió de esta manera:

  1. “Violación de la inmunidad soberana: la práctica y el derecho estadounidense reconocen que la propiedad de un Estado en el extranjero está absolutamente protegida frente a embargos o ejecuciones. El Congreso norteamericano, al sancionar la Ley de Inmunidades Soberanas (FSIA) en 1976, estableció excepciones a dicha inmunidad solamente para bienes situados en EEUU, nunca para bienes fuera de su territorio”.
  2. “Interpretación errónea del derecho de Nueva York: se aplicó indebidamente la norma de 'turnover’, que jamás fue diseñada para obligar a un Estado soberano a transferir activos desde su propio territorio".
  3. Inaplicabilidad de la Ley de Inmunidades Soberanas (“FSIA”) al caso: las acciones de YPF no están ‘en los Estados Unidos’, nunca fueron ‘utilizadas en una actividad comercial en EEUU’ ni ‘en la actividad comercial que dio origen al reclamo’, requisitos exigidos por la FSIA.
  4. “Violación del derecho argentino e internacional: la orden judicial fuerza a Argentina a desconocer su propia legislación, que desde 2012 exige la aprobación del Congreso por mayoría especial para cualquier transferencia de esas acciones. Además, contradice el principio de cortesía internacional (’comity’) y la doctrina del acto de Estado (’act-of-state doctrine’), pilares de las relaciones entre naciones”.
Santiago Castro Videla. titular de
Santiago Castro Videla. titular de la Procuración del Tesoro de la Nación (PTN)

En resumen, entregar las acciones violaría la inmunidad soberana argentina e imposibilidad de aplicación porque las acciones no están en EEUU ni fueron usadas con fines comerciales. El escrito lo presentaron Carmine D. Boccuzzi y Rathna J. Ramamurthi, del estudio Cleary Gottlieb Steen & Hamilton.

“El Gobierno de los Estados Unidos, en sus dos presentaciones previas en apoyo de la posición argentina, ya advirtió que la orden de entrega “no tiene precedentes” y que, de confirmarse, pondría en riesgo los intereses norteamericanos en el exterior al abrir la puerta a represalias contra activos de EE.UU. en otros países", dijo la PTN.

“La República Argentina confía en que la Corte de Apelaciones revertirá esta decisión y reafirmará el respeto a la soberanía de los Estados y a las normas fundamentales del derecho internacional”, cerró el organismo local.

La causa sigue con un movimiento de fechas que pidieron en conjunto Argentina y Burford, que deberá aprobar Preska.

La carátula de la presentación
La carátula de la presentación de anoche

Las próximas fechas según el “expedite briefing” solicitado por la República Argentina: el 14 de noviembre vence el plazo para la presentación de argumentos escritos de los demandantes; y el 12 de diciembre es el vencimiento de plazo para argumentos de réplica de Argentina y solicitud de fijar la audiencia de resolución ”lo antes posible".

Claro, esas fechas se cruzan con el comienzo de la cuestión de fondo, el fallo condenatorio de primera instancia, que decidirá si la decisión de Preska es correcta o no (Burford también apeló que en 2023 YPF se haya quedado afuera de la causa). Esa instancia comenzará a ser tratada por la corte de Apelaciones –aún no se sabe con qué jueces– el mes que viene, la semana posterior a las elecciones legislativas. Se espera que si hay un fallo en ese sentido, la resolución de la entrega de las acciones quede supeditada a él.

Se trata de una maraña judicial de fallos, apelaciones y presentaciones cruzadas que lleva una década, pero parece estar cada vez más cerca de una resolución. Como sea, Argentina ya avisó que no negociará con Burford y agotará todas las instancias de apelación, incluso hasta llegar a la Corte Suprema de Justicia de EEUU.

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