
El Gobierno derogó el régimen de venta de diarios y habilitó a los kioscos como operadores postales, en busca de fomentar la competencia y modernizar el servicio, en un contexto de baja de ventas por las nuevas modalidades de lectura a través de la tecnología.
De esta manera, se abre la posibilidad de que los kioscos de diarios se transformen en puntos de distribución para correspondencia, paquetería y productos de comercio electrónico. Ocurre tras la reciente decisión del Ejecutivo de derogar el régimen jurídico que regulaba la venta y distribución de diarios, revistas y afines en la vía pública.
Mediante el Decreto 629/2025, publicado en el Boletín Oficial, se elimina la normativa vigente desde el año 2000, lo que implica que la actividad pasará a regirse por el Código Civil y Comercial y las disposiciones locales.
La nueva normativa permite que los puestos de diarios puedan inscribirse como operadores postales ante el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) o asociarse con operadores autorizados. De este modo, estos kioscos podrán ofrecer servicios como la entrega de correspondencia, paquetería, documentación personal, tarjetas de crédito y débito, así como la distribución de productos adquiridos a través de plataformas de comercio electrónico. Esta ampliación de funciones busca dotar a los puntos de venta de una mayor utilidad y alcance para los ciudadanos.

El Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, expresó su respaldo a la medida y explicó que “el Decreto 629/25 firmado por el presidente Javier Milei y la ministra Sandra Pettovello, que deroga el Decreto 1025/00, básicamente hace dos cosas. Libera la venta de diarios y revistas y, por otra parte, devuelve a la competencia municipal la gestión del espacio público, que en esta dimensión había sido intervenida por el gobierno nacional. Este decreto es una restitución de competencias municipales”.
El Gobierno nacional apunta con esta decisión a fomentar la libre competencia, abrir el mercado y modernizar la actividad, en sintonía con la política de desregulación aplicada al sector postal en 2024.
Además, el decreto establece la disolución del Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas, que hasta ahora fijaba derechos de parada y zonas de influencia, al considerarse que tales mecanismos resultaban obsoletos y restrictivos.
En los fundamentos del decreto, se subraya que la iniciativa responde al propósito de contar con un Estado más ágil y menos intrusivo, que favorezca la libre circulación de bienes, servicios y trabajo, y que permita a los actores privados responder con mayor eficiencia a las demandas de la sociedad.

La medida se suma a la Resolución 1481 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, publicada en noviembre de 2023, que autorizó a “los titulares de los kioscos de venta de diarios, revistas y afines, y a los titulares de líneas de distribución de diarios, revistas y afines, que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional Integrado de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas, a incorporar para su venta y/o distribución y/o entrega una serie de nuevos rubros y prestaciones”, entre ellas el expendio de bebidas no alcohólicas, incluye servicios de cafetería.
En los considerandos de la norma se señalaba que “los titulares de paradas y/o repartos de venta y/o entregas de diarios, revistas y afines se encuentran atravesando una crítica situación producto de los avances de las tecnologías de la información y comunicación que repercute de modo importante en el sector”.
“Esta situación progresiva ha provocado una importante disminución de las ventas de diarios y revistas en kioscos, lo cual viene significando un deterioro severo cada vez mayor de los ingresos de los titulares de paradas y/o repartos de venta y/o entregas de diarios, revistas y afines, y un continuo cierre de numerosos puntos de venta en todo el país”, añadía.
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