
El Gobierno oficializó este jueves la ampliación durante el invierno de los bloques de consumo subsidiado de luz para los usuarios que no cuentan con acceso a la red de gas natural y viven en zonas categorizadas como frías.
Lo hizo a través de la Disposición 2/2025 de la Subsecretaría de Planeamiento Energético, publicada esta mañana en el Boletín Oficial.
La normativa elevó los consumos base en las tarifas de electricidad para los usuarios de ingresos bajos (N2) y medios (N3) que residen en zonas frías y no cuentan con servicio de gas natural por redes ni gas propano indiluido por redes. De esta manera, los hogares de ingresos bajos tendrán un consumo base subsidiado de 700 kWh por mes en las boletas de luz, mientras que aquellos categorizados en el estadío medio tendrán asistencia estatal en el consumo de 500 kWh mensuales.

Los consumos base diferenciados serán aplicados desde el 1° de julio hasta 31 de agosto para los hogares radicados en Córdoba, Santa Fe, Buenos Aires, San Luis, Mendoza, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Chubut y Tierra del Fuego, que forman parte del régimen de Zona Fría. El año pasado ese beneficio se había aplicado por más tiempo, entre el primero de junio y el 31 de agosto de 2024.
El resto de los hogares del país que no se encuentran ubicados en las subzonas comprendidas, mantienen los topes mensuales de consumo con subsidios en 250 kWh para los N2 y 350 kWh para los N3.
Las facturas de energía están compuestas por cuatro ítems: el precio de la luz o el gas, el transporte, la distribución y los impuestos (nacionales, provinciales y municipales). Las subvenciones estatales se canalizan a través de una bonificación sobre el costo de la energía que los usuarios abonan en sus boletas.
El Ejecutivo argumentó la decisión tomada este jueves considerando que es necesaria “a los fines de contribuir a una mejora en la focalización de los subsidios, sin desatender las necesidades que pudieren presentar durante el invierno los hogares categorizados como Nivel 2 y Nivel 3”.
En este marco, dispuso notificar a los entes reguladores y a la totalidad de las empresas prestadoras del servicio público de distribución de energía eléctrica, de jurisdicción federal y provincial, para que, en la aplicación de los precios estacionales de la electricidad (PEST) consideren el impacto de la medida.

Al respecto, determinó que entes y distribuidoras “coordinen todas las acciones y cursen todas las informaciones necesarias para asegurar la aplicación en todas las jurisdicciones del país, incluyendo la elaboración de nuevos cuadros tarifarios si correspondiere y, en su caso, la refacturación o acreditación de eventuales diferencias en las liquidaciones de servicios”.
En el caso del esquema de zona fría, hasta el mes pasado se aplicaba un recargo del 6,2% sobre el componente del precio del gas (Punto de Ingreso al Sistema de Transporte -PIST-) en las facturas finales y desde julio será del 6,4% a partir de la Resolución 444/2025 del Enargas. Fue el tercer incremento del año, ya que el porcentaje había iniciado en 5,44%, saltó al 6% en abril y en junio tuvo la última suba.
El régimen fue creado para morigerar el impacto de las tarifas en regiones con temperaturas invernales más extremas, y su financiamiento depende en gran parte de un recargo adicional aplicado al resto de los usuarios residenciales del país. El aumento del porcentaje de este recargo busca cubrir el costo creciente de ese beneficio, en un contexto de reducción de los aportes directos del Tesoro. La premisa es que el esquema sea “autosustentable”, lo que implica trasladar mayor parte del costo a los usuarios fuera de las zonas frías.
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