
Finalizada la segunda etapa del blanqueo de capitales, el total de bienes declarados ascendió a USD 31.252 millones, según datos publicados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Puntualmente en la segunda etapa, se declararon USD 8.735 millones.
De acuerdo con el organismo, más de 278 mil contribuyentes ingresaron al Régimen de Regularización de Activos y se declararon 267.076 cuentas (16.290 en el exterior).
También se regularizaron 47.815 inmuebles, de los cuales 45.646 están en Argentina y 2.169 en el exterior. La valuación de estos inmuebles alcanza los USD 2.172 millones en Argentina y USD 252,9 millones en el exterior.
A su vez, se registraron 1.369 proyectos en el Registro de Proyectos Inmobiliarios (REPI) y se declararon USD 103,6 millones en monedas digitales.
“En todas sus etapas, el régimen de regularización de activos no tiene costo para los contribuyentes cuando los bienes declarados no superen los 100.000 dólares“, recordaron desde ARCA.
En la etapa 2, concluida el pasado 7 de marzo, sobre el excedente de ese monto se aplicaba una alícuota del 10%.
En la etapa 3, que está vigente hasta el próximo 7 de mayo, la regularización de los bienes declarados que no superen los 100.000 dólares tampoco tendrán costo para el contribuyente. Cuando el importe supere esa cifra, se aplicará una alícuota de 15%, únicamente sobre el excedente del monto indicado.
El balance del blanqueo
La primera etapa del blanqueo de capitales fue la de adhesión más masiva: se inició en septiembre de 2024 y se extendió hasta el 8 de noviembre. El ministro de Economía, Luis Caputo, informó que el blanqueo en su etapa inicial alcanzó a unos USD 22.517 millones destinada especialmente a la declaración de dólares y dinero en efectivo, de donde se deduce que la segunda etapa sumó USD 8.732 millones. En este último concepto el ingreso de fondos al sistema alcanzó los 20.085 millones de dólares.

Dicha regularización permitió un salto exponencial en el stock de depósitos privados en dólares, que aumentó un 78,8%, desde los USD 19.336 millones el 30 de agosto a un récord histórico de USD 34.578 millones el 31 de octubre del año pasado.
Los pasos a seguir
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) precisó que se podrá adherir a la tercera etapa del Régimen de Regularización de Activos hasta el 7 de mayo de 2025 y presentar la Declaración Jurada hasta el 6 de junio de 2025. Para ello, se deberá cumplir con los siguientes pasos:
1) Manifestación de adhesión. Se podía efectuar hasta el 7 de mayo de 2025 inclusive, a través del servicio “Portal Régimen de Regularización de Activos Ley 27.743″, accediendo a la opción “Manifestación de Adhesión”, mediante la confección del formulario de adhesión F. 3320.
2) Pago adelantado obligatorio: Deberá realizarse de acuerdo con la etapa. La falta de ingreso del pago adelantado dentro de la fecha indicada causará el decaimiento automático de la manifestación de adhesión al régimen y excluirá al contribuyente de todos los beneficios previstos en el régimen.
La adhesión al régimen ofrece tres beneficios fundamentales:
- Liberación de ajustes por incremento patrimonial no justificado: los bienes regularizados no serán objeto de ajustes retroactivos por presuntos ingresos no declarados.
- Liberación de sanciones civiles y penales: los contribuyentes quedarán eximidos de todas las sanciones por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros y administrativos por los bienes que se declaren en el régimen, por las rentas que estos hubieran generado y los fondos que se hubieran utilizado para su adquisición.
- Tapón fiscal: liberación del pago de los impuestos que se hubieran omitido ingresar y que tuvieran origen en los bienes exteriorizados, así como de las respectivas obligaciones accesorias, alcanzando la liberación a cualquier bien o tenencia que se hubiera poseído con anterioridad al 31 de diciembre de 2023 y que no se hubiera declarado. De tratarse de empresas, también se libera el gravamen que recae en cabeza de sus socios, es decir, que genera un efecto de “inmunidad” de grupo para el socio de una compañía y viceversa. En efecto, la liberación alcanza no solo a los bienes que se exterioricen en el régimen, sino también a aquellas tenencias y/o bienes que no se poseían al 31 de diciembre de 2023. Para ello deberá acreditarse la posesión o tenencia a esa fecha y en caso de bienes que hayan sido consumidos con anterioridad deberá acreditarse su trazabilidad respecto a los bienes exteriorizados.
3) La tercera y última etapa del blanqueo también se extenderá hasta el 7 de mayo. Hasta ese día se podrá ingresar; luego la persona o empresa tendrá un mes para presentar su declaración jurada y pagar el impuesto. La fecha límite de la presentación de la declaración jurada y del pago del impuesto de regularización será el 6 de junio de 2025, inclusive.