
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) comenzó a depositar desde este mes -de manera automática- el monto correspondiente a la Ayuda Escolar Anual para “acompañar a las familias de todo el país”. Y en tanto continúa el calendario de pago de las asignaciones familiares por hijo o hija y la Asignación Universal, sigue vigente el trámite para solicitar el cambio de titularidad según las modificaciones y circunstancias de cuidado del menor.
Se trata de la herramienta Adenda 63 que permite cambiar de vínculo cuando la niña, el niño o adolescente no esté bajo cuidado de uno o ninguno de sus progenitores/a. Así, quien ejerza efectivamente el rol del cuidado (ya sea uno solo de los/as progenitores/as, un familiar o un referente afectivo) podrá registrar esta nueva realidad y acceder a las asignaciones en caso de que corresponda, informó la Anses.
Según el organismo liderado por Fernanda Raverta, el trámite es totalmente gratuito y se realiza para informar quién se encuentra a cargo del cuidado de los menores o adolescentes y modificar la titularidad para el acceso de las asignaciones familiares o AUH. “Tener registrado el vínculo real permite liquidar a quien efectivamente lo tiene a su cargo, en caso de que esta nueva persona cumpla con los requisitos establecidos en la Ley 24.714″, se indicó a través de la página oficial de la Anses.
Destinatarios
La solicitud del cambio de titularidad del acceso de las prestaciones monetarias o asignaciones es de carácter mensual para niños/as y adolescentes de hasta 18 años, o personas con discapacidad sin límite de edad puede ser solicitada por las personas adultas a su cargo.
El trámite debe realizarlo la persona que efectivamente tenga a cargo el cuidado de los menores o adolescentes, es decir, un solo progenitor/a, pariente o referente afectivo/a. El mismo se podrá llevar a cabo en situaciones en las que quien ejerza las tareas de cuidado sea una persona diferente a la que percibe efectivamente las asignaciones. A modo de ilustración, desde la Anses ejemplificaron que puede ser en caso de separaciones de hecho, separaciones legales y divorcios vinculares o cuando uno de los progenitores/as manifieste desconocer el paradero del otro/a.
Qué se necesita presentar
En lo que se refiere a la documentación necesaria, habrá que contar con el DNI original y una copia de la persona adulta solicitante y del niño, niña o adolescente; la partida de nacimiento de la niña, el niño o adolescente; y los documentos solicitados por los técnicos/as de SENAF, MDS u órganos de niñez que confeccionan adenda de acuerdo con cada situación particular para acreditar que la persona solicitante se encuentra a cargo y conviviendo con dicho niño/a o adolescente.
Cómo hacer el trámite para cambiar la titularidad
1. Si uno está a cargo de un menor o un adolescente y necesita solicitar la Adenda 63, tendrá que acercarse a los Centros de Referencia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación o las sedes locales donde se encuentran los equipos técnicos de la SENAF y/o en los organismos provinciales de niñez que cuenten con firma autorizada.
2. Se podrá consultar en la Unidad de Atención Integral (UDAI) de la oficina de Anses más cercana al domicilio actual. Allí darán una orientación sobre los puntos de atención para la confección de Adenda 63 para asignaciones.
3. Para la confección de Adenda 63, los técnicos/as habilitados para tal fin por los organismos intervinientes (MDS, SENAF y/o Organismos de niñez provinciales) tomarán las entrevistas y solicitarán la documentación necesaria para informar la nueva situación del niño, niña o adolescente a su cargo.

4. Si se cumplen todos los requisitos, se procederá a resolver el cambio de titularidad de la asignación a través de Adenda 63.
5. Una vez que completado el trámite de Adenda 63, que consta de tres documentos (nota de elevación, declaración jurada e informe de reconversión), habrá que dirigirse a la oficina de la Anses más cercana con dicha documentación, y los DNI y partidas de nacimiento correspondientes para registrar la nueva situación vincular.
6. Es importante tener en cuenta que una vez concedido el cuidado personal, guarda, tutela o curatela, se deberá actualizar esa información presentándola ante la Anses. El trámite se concluye una vez que queda registrada la nueva situación.
Ayuda Escolar Anual
La Administración Nacional de la Seguridad Social estableció el cobro masivo y automático de la Ayuda Escolar Anual en el mes de marzo. La presentación del Certificado Escolar es obligatoria y hay tiempo para realizar el trámite hasta el 31 de diciembre.
Según la Anses, si la persona percibe una Asignación por sus hijos e hijas de entre 4 y 16 años inclusive, o por hijo con discapacidad sin límite de edad, va a cobrar de forma automática. En caso que no cobre en marzo, podrás hacerlo una vez que presentes el Certificado Escolar.
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