![El Banco Central dispuso una](https://www.infobae.com/resizer/v2/CK4UTIDXE5XUI7SRS2HJPRNZLQ.jpg?auth=1e128f7772dcace864c10fa45b19e68a2c72195a48fe5655e71ac0450c80ba6c&smart=true&width=350&height=233&quality=85)
Las distintas entidades bancarias del país comenzaron a recordarle a sus clientes que si no responden el Censo Económico 2020/2021 no podrán realizar determinadas operaciones. Es por una medida que dispuso el Banco Central a fin del año pasado y cuya obligatoriedad se extenderá hasta el 2022. El censo alcanza a 700 mil empresas y a 5 millones de personas físicas.
A principios de diciembre, los bancos recibieron un comunicado del BCRA en el que se especificó el cronograma a partir del cual las entidades financieras deberán exigir la presentación del Certificado de Cumplimiento Censal (CCC), que acredita que la persona, física o jurídica, respondió a las consultas del Censo Nacional Económico que lanzó el INDEC.
Durante los primeros días de febrero, clientes comenzaron a recibir en sus casillas de mail la notificación de parte de los bancos para notificarles los plazos dispuestos por el Central. Las entidades bancarias exigirán la presentación del CCC a partir del 1 de abril para las personas jurídicas, del 1 de mayo para quienes tengan condición impositiva de Responsable Inscripto y del 1 de julio para las personas físicas que sean monotributistas.
Sin la presentación de dicho certificado, los bancos no habilitarán las siguientes operaciones:
- Apertura de cuentas de depósitos y de cualquier otra que implique captación de fondos.
- Otorgamiento de créditos y sus respectivas renovaciones.
- Apertura de créditos documentarios.
- Apertura de cuentas para valores en custodia.
- Otorgamiento de fianzas y préstamos de valores.
- Alquiler de cajas de seguridad.
![Instituto Nacional de Estadística y](https://www.infobae.com/resizer/v2/2VVRTXPL2BDVNP4XSVXYLJ34GM.jpg?auth=4aeb5418f6afec009576f8839b65f59957fb354abefd38e0803e31b330be5801&smart=true&width=350&height=214&quality=85)
Asimismo, como respaldo al CCC, el INDEC proveerá una web que permitirá consultar online el listado de todas aquellas personas jurídicas y humanas que hayan completado el Censo. La obligatoriedad de presentar el CCC se extenderá hasta el 28 de febrero de 2022. Quienes no aparezcan en ese listado, quedarán inhibidos para realizar la mayoría de las operaciones bancarias.
Por lo pronto en la web del INDEC el formulario ya está disponible. Para acceder a realizarlo, el usuario tiene que ingresar con su número de CUIT y Clave Fiscal. Cuenta con 15 preguntas destinadas a caracterizar su actividad, determinando a qué sector pertenece, el tamaño de la empresa y otras cuestiones básicas; y alcanza a agentes económicos registrados productores de bienes y servicios, incluyendo a todas las sociedades financieras y no financieras, instituciones sin fines de lucro, y quienes ejerzan actividades registradas en el monotributo o autónomos.
“El censo es obligatorio, pero queremos concientizar a todos de la importancia de tener los datos”, había precisado meses atrás el titular del organismo, Marco Lavagna, quien aguarda a que en abril al menos todas las personas jurídicas hayan respondido el cuestionario.
“Con el Censo, lo que buscamos es actualizar la foto. Nos va a permitir hacer un cambio de año base, por ejemplo en el PBI; generar un producto bruto geográfico, vas a tener una nueva matriz insumo-producto. Parece algo muy estadístico, muy lejano, pero te va a permitir saber cuánto empleo directo e indirecto generan ciertos sectores, cuál es el peso de una actividad particular, dónde están localizados los proveedores, nos dará información muy detallada de cómo es la caracterización de la economía argentina. Es fundamental para la planificación de una inversión del sector privado”, justificó Lavagna.
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