
Entre 2024 y 2025, la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) reportó una disminución de la siniestralidad en el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) correspondiente al 4,9% del parque automotor asegurado en 2025.
Como resultado de este comportamiento y tras el análisis de la información remitida por las compañías de seguros, la SFC ajustó las tarifas máximas del Soat que estarán vigentes en 2026, manteniendo las condiciones particulares para las 14 categorías de automotores cobijadas con tarifas diferenciales de acuerdo con el Decreto 2497 de 2022.
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El organismo regulador precisó que las tarifas máximas aplicables a las categorías de vehículos con rango diferencial por riesgo —definidas en el Decreto 2497 de 2022 y modificado por el Decreto 2312 de 2023— se ajustan con base en la variación anual de la Unidad de Valor Tributario (UVT), que para 2026 será del 5,17%.

Entre los automotores incluidos en esta categoría se encuentran ciclomotores, motocicletas de hasta 200 centímetros cúbicos, motocarros, tricimotos, cuadriciclos, motocarros para cinco pasajeros, así como vehículos de uso comercial como camperos, camionetas de servicio público con capacidad para cinco ocupantes, taxis, microbuses urbanos, buses, busetas y vehículos de servicio público intermunicipal.
Para el resto de categorías, que representan el 50% del parque automotor, la SFC señaló que tras la revisión técnica y financiera periódica, las tarifas se incrementarán aproximadamente en 0,38% para 2026.
Las tarifas máximas del Soat para 2026
La Superintendencia Financiera estableció las nuevas tarifas máximas del Soat que comenzarán a aplicarse desde el 1 de enero de 2026, con ajustes diferenciados según el tipo de vehículo y el nivel de riesgo asociado.
El incremento no será homogéneo: para motocicletas de bajo cilindraje, taxis y microbuses el aumento se aproxima al 5,17 %, de acuerdo con la variación anual de la Unidad de Valor Tributario (UVT), cuyo valor para 2026 fue fijado por la Dian en $52.374 mediante la Resolución 100152176-0707 del 18 de noviembre de 2025. Para el resto de vehículos y motocicletas, el ajuste será cercano al 0,38 %.

Con base en estos porcentajes, la tarifa para motocicletas de menos de 100 centímetros cúbicos pasaría de $243.700 a $256.307 pesos en 2026. Las motos de entre 100 y 200 centímetros cúbicos tendrían un incremento desde $326.600 hasta $343.500.
En el caso de los taxis con menos de 1.500 cc y hasta nueve años de antigüedad, la tarifa se ajustaría de $268.200 a $282.068. Para los vehículos particulares menores a 1.500 cc y con menos de nueve años, se reporta una reducción, quedando la tarifa aproximadamente en $442.435.
Bases para determinar las nuevas tarifas
El análisis de la SFC, basado en los reportes de las aseguradoras, identificó que el parque automotor asegurado aumentó un 7% en el último año, pasando de 9,9 millones a 10,6 millones de pólizas expedidas, incremento registrado principalmente en las categorías con mayores tasas de siniestralidad.
En cuanto a la frecuencia de accidentes (número de personas afectadas por cada 100 pólizas vigentes), se observó una reducción de 1,1 puntos porcentuales, pasando de 9,3% en 2024 a 8,2% en 2025.
Asimismo, el costo promedio por víctima —indicador de severidad de los siniestros— se incrementó en cerca de $179.000, al subir de $2,6 millones en 2024 a $2,8 millones en 2025.

La SFC reiteró la importancia de utilizar canales oficiales para la adquisición del SOAT y recordó que dispone de atención presencial y remota para tramitar reclamaciones por inadecuada aplicación de sus instrucciones o cuando una compañía autorizada no expida el seguro.
Entre los canales habilitados se encuentran el centro de contacto telefónico, su página web oficial y el Punto Ciudadano en Bogotá. La entidad también advirtió sobre el riesgo de adquirir pólizas falsas e instó a los ciudadanos a verificar que las entidades e intermediarios estén autorizados, consultando los listados disponibles en www.superfinanciera.gov.co. Además, recomendó abstenerse de realizar consignaciones a cuentas de personas naturales sin la debida verificación de la autorización como intermediarios.
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