
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) estableció el nuevo valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) para 2026 en $52.374.
Este monto, oficializado el 15 de diciembre mediante la Resolución 000238, se aplicará desde el 1 de enero de 2026 y determinará los topes para declarar renta y otras obligaciones tributarias en Colombia.
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Las personas que tengan ingresos iguales o superiores a 1.400 UVT durante 2025 deberán presentar declaración de renta en 2026. Esta cifra equivale a ingresos anuales de $73.323.600, o un salario mensual de $6.110.300.
El proceso de declaración de renta requiere que los contribuyentes informen a la Dian el detalle de sus entradas, patrimonio y movimientos económicos del año anterior. En función de esta información, la entidad define el pago del impuesto y los plazos para cumplir con el trámite.

La Dian exige este reporte a los colombianos que superan el límite de ingresos, a aquellos con patrimonio bruto superior a 4.500 UVT o con compras, consignaciones o pagos con tarjeta de crédito iguales o mayores a 1.400 UVT durante el mismo periodo.
Aunque toda persona natural o jurídica que cumpla cualquiera de estos requisitos está obligada a declarar, no todas quedan sujetas automáticamente a esta obligación.
El salario mínimo vigente no alcanza para igualar el tope fijado por la Dian, por lo tanto, queda exento de declarar si recibe únicamente este ingreso. Si el patrimonio supera los $235.683.000 (4.500 UVT) en 2025, se debe presentar la declaración de renta.
La Dian considera responsable de declarar renta a las personas realizaron durante el año anterior transacciones bancarias, compras o consumos con tarjetas de crédito por más de $73.323.600.
El monto total anual para estar obligado a declarar cubre todas las fuentes de ingreso de una persona. Esto incluye no solo salarios, también cualquier tipo de ingreso, con excepción de premios de loterías, sorteos o similares, pues la Dian solo computa activos fijos en ese cálculo.
El calendario para presentar correspondiente al año gravable 2025 aún no fue divulgado por el organismo tributario. De acuerdo con la información más reciente, el trámite se realizaría entre el 11 de agosto y el 23 de octubre de 2026, pero está sujeto a cambios.

Los plazos dependen de los últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) de cada persona natural, así como de la realización del pago correspondiente antes de la fecha límite.
La presentación de la declaración de renta no significa automáticamente la obligación de pagar impuesto si el saldo a cargo resulta en cero, pero omitir la presentación conlleva sanciones administrativas por parte de la autoridad fiscal.
Para aquellos que superen el monto anual establecido, la Dian prevé herramientas digitales y atención personalizada para orientar sobre el diligenciamiento y entrega de la declaración.
Los cambios en los topes, generados cada año con base en la inflación y el ajuste de la UVT, marcan la obligación para nuevos contribuyentes.
Los asalariados cuyo ingreso mensual promedio en 2025 alcance o sobrepase $6.110.300 quedarán inscritos en la lista de quienes deben reportar su información a la autoridad.
La Resolución 000238 de 2025, publicada en la página oficial de la Dian, puede consultarse para aclarar dudas sobre el cálculo de los ingresos o del patrimonio que obligan a declarar.
El aumento anual del valor de la UVT modifica el universo de personas obligadas cada año, lo que exige revisar periódicamente los requerimientos para evitar omisiones o sanciones.
Las personas jurídicas, sin importar el monto de su ingreso o patrimonio, deben declarar renta si tienen domicilio o inversiones en Colombia.
Las personas naturales extranjeras se ven sujetas a la obligación si presentan residencia fiscal o ingresos de fuente nacional por los valores mencionados.
¿Cómo se hace la declaración de renta?
El pago del impuesto debe realizarse de manera simultánea a la declaración, salvo que el saldo resulte a favor del contribuyente.
El proceso de declaración se realiza de forma virtual, mediante la plataforma habilitada por la Dian. Para acceder a este sistema es necesario contar con un RUT actualizado y diligenciar el formulario oficial dispuesto para este trámite.

Las entidades recomiendan consultar periódicamente las actualizaciones y plazos por canales oficiales para evitar errores u omisiones al cumplir con la obligación tributaria.
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