
La Procuraduría General de la Nación abrió indagación previa contra funcionarios por establecer del concejo de Ocaña (Norte de Santander), tras la presunta negativa a identificarse ante agentes de la Policía Nacional durante una diligencia judicial efectuada en un establecimiento nocturno.
“La Procuraduría General de la Nación abrió indagación previa contra funcionarios por establecer del concejo de Ocaña (Norte de Santander), por su negativa a identificarse ante los agentes de la Policía Nacional que adelantaban una diligencia judicial en un establecimiento nocturno”, señaló el Ministerio Público en un comunicado.
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Según información de la entidad, algunas personas que serían integrantes de la corporación alegaron su condición de servidores públicos y rehusaron mostrar sus documentos de identificación a los policías durante el procedimiento.

La Provincial de Instrucción de Ocaña inició el proceso para verificar la ocurrencia de los hechos y determinar si podrían constituir falta disciplinaria. El órgano de control revisará la conducta de los involucrados y avanzará en la evaluación de este caso.
“La Provincial de Instrucción de Ocaña (Norte de Santander) inició la indagación a partir de información conocida públicamente, donde se observa a algunas personas, aparentemente integrantes de la corporación, cuando alegan su condición de servidores públicos y se niegan a presentar sus documentos de identificación ante los agentes”, afirmó la Procuraduría.
Y agregó: “Con la apertura de la indagación, el órgano de control busca verificar la ocurrencia de los hechos y determinar si los mismos son constitutivos de falta disciplinaria”.
Posibles sanciones
Una eventual confirmación de los hechos llevaría a la aplicación del Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019), vigente en Colombia, el cual dispone sanciones precisas frente a situaciones donde un servidor público obstaculiza la labor de autoridad competente.
El artículo 48 de esa norma contempla entre sus faltas gravísimas “obstruir, impedir o dilatar injustificadamente una investigación disciplinaria, fiscal, penal o administrativa”, aunque la tipificación puede extenderse a casos donde no se atiende un requerimiento policial en el cumplimiento de funciones legales.
La Procuraduría General de la Nación ha informado que, según la gravedad y la calificación de la falta, las sanciones pueden incluir desde destitución e inhabilidad general, suspensión en el cargo, multa y amonestación escrita hasta inhabilidades especiales en el ejercicio del servicio público.
La selección de la sanción se define tras un proceso en el que se verifica la conducta y la responsabilidad individual de los involucrados.
Durante 2024, la Procuraduría General de la Nación ha proyectado emitir hasta 100.000 decisiones disciplinarias en el país, lo que deja ver un aumento en el control sobre quienes ostentan cargos públicos.

Este rigor responde a la exigencia de que los funcionarios colaboren plenamente con las autoridades, en especial cuando estas desarrollan procedimientos judiciales o administrativos autorizados.
Otras sanciones
La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el expersonero de Solano, Caquetá, Carlos Mario Carvajal Gaitán, por presunta omisión en el ejercicio de sus funciones.
Según el Ministerio Público, el investigado presuntamente incumplió su deber de presentar dentro de los 15 días hábiles siguientes a la salida del cargo, en marzo de 2022, el correspondiente informe de gestión respecto de los asuntos de su competencia a la personera entrante.
“Se investiga, además, su presunta omisión en el pago de varios de los pagos del Sistema Integrado de Seguridad Social, de aportes parafiscales al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), al Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) y al Ministerio de Educación Nacional por las Escuelas Industriales e Institutos Técnicos y a la Caja de Compensación Familiar del Caquetá (Comfaca)”, indicó la Procuraduría.

El ente de control calificó provisionalmente las conductas, en el primer caso, como grave a título de culpa gravísima, y respecto a la presunta omisión en los mencionados pagos como gravísima a título de culpa gravísima.
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