Gobierno Petro no logró que revisaran la suspensión del decreto que implementaría parte de la reforma a la Salud: Consejo de Estado dijo no

El alto tribunal había suspendido provisionalmente el decreto 0858 de 2025 con el que se pretendía avanzar con cambios estructurales en el sistema que pretende el Gobierno Petro

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El ministro de Salud había
El ministro de Salud había enviado una solicitud de aclaración al alto tribunal - crédito Colprensa

El Consejo de Estado negó una petición enviada por el Gobierno colombiano, a través del Ministerio de Salud, que pidió aclarar las razones por las que fue suspendido el Decreto 0858 del 30 de julio de 2025, mediante el cual se buscaba sustituir parte del antiguo modelo de salud en el país.

Según el fallo emitido por el alto tribunal, la negativa a la claridad obedece a que no hay frases que, para la cartera, ofrecen dudas frente a la decisión adoptada en octubre de 2025.

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“Tales aspectos fueron considerados por la Sala unitaria en la providencia de 21 de octubre de 2025, lo cual pone de manifiesto que la solicitud de aclaración no resulta procedente, en la medida en que la providencia no contiene frases o conceptos que ofrezcan duda, lo que impone su denegatoria y así se dispondrá en la parte resolutiva de la presente providencia (...) Resuelve DENEGAR la solicitud de aclaración de la providencia de 21 de octubre de 2025, por las razones expuestas en la parte motiva del presente proveido”, se lee en el documento.

Fallo Consejo de Estado Decreto
Fallo Consejo de Estado Decreto 0858 2025 - crédito Captura de Pantalla

El Decreto 0858 de 2025 buscaba transformar el sistema de salud de Colombia adoptando el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo. Este modelo se fundamenta en la Atención Primaria en Salud (APS) para enfocarse en la prevención, la predicción y la resolución de problemas de salud.

Sin embargo, la Sección Primera del Consejo de Estado consideró que el decreto superó los límites de la potestad reglamentaria del Ejecutivo y vulneró el principio de reserva de ley.

Además, el alto tribunal recalcó que el Gobierno no está facultado para regular aspectos estructurales del sistema de salud mediante decretos, ya que esta competencia corresponde exclusivamente al Congreso de la República.

El modelo centraba el sistema
El modelo centraba el sistema en la Atención Primaria en Salud (APS) y en la prevención de la enfermedad - crédito Mauricio Dueñas Castañeda/EFE

La acción judicial que condujo a la suspensión fue presentada por Andrés Forero, representante a la Cámara por el Centro Democrático.

Ministerio de Salud continuará con implementación del modelo

A pesar de la suspensión provisional del decreto 0858, así como la negativa a la aclaración de la decisión del Consejo de Estado, el ministro de Salud Guillermo Alfonso Jaramillo ha reiterado la continuidad del modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo, argumentando que la normativa colombiana respalda esta política y que las recientes decisiones judiciales no constituyen un obstáculo definitivo.

En una rueda de prensa, realizada a principios de noviembre, el jefe de cartera explicó que la medida cautelar del Consejo de Estado ha dejado el modelo en una situación de “limbo jurídico”, ya que coincide con fallos anteriores de la Corte Constitucional que también han cuestionado la financiación de los equipos básicos de atención primaria.

Pese a ello, el ministro sostuvo que el Ministerio de Salud seguirá adelante con la política pública. “Nosotros seguimos adelante porque tenemos la razón. Todo modelo en salud tiene que estar basado en prevenir la enfermedad, en promover la salud y la atención primaria y no en el negocio”, afirmó Jaramillo a los medios de comunicación.

- crédito Ministerio de Salud

El ministro subrayó que la atención primaria no constituye una propuesta reciente, sino una obligación establecida por la legislación colombiana desde hace más de una década. Recordó que la sentencia T-760 de 2008 de la Corte Constitucional ya ordenaba la construcción de un modelo centrado en la atención primaria.

Posteriormente, la Ley 1438 de 2011 estableció de manera explícita los principios de prevención, promoción y la conformación de equipos básicos de salud, mientras que la Ley Estatutaria 1751 de 2015 reafirmó estos lineamientos. “Todo eso está vigente, pero ahora nos encontramos con decisiones judiciales que dicen lo contrario”, explicó Jaramillo.

Posteriormente, el ministro agregó: “La ley dice que los equipos básicos se costean con recursos de la UPC (Unidad de Pago por Capitación). Lo hicimos, pero la Corte dijo que no. Luego apelamos ante el Consejo de Estado y dijo que sí, de la UPC. Entonces, quedamos en medio de dos decisiones contradictorias. Este país está al revés, porque lo único que estamos haciendo es cumplir las leyes que el Congreso mismo aprobó”.

Vale destacar que el proyecto de reforma a la Salud, que ha superado sus dos primeros debates en la Cámara de Representantes, sigue sin ser discutido en el Senado, luego de que se aprobara una proposición en la Comisión Séptima de la corporación para que se reanude su discusión, una vez se supere el trámite de la ley estatutaria.