
El Consejo de Estado informó el 17 de noviembre de 2025 que dejó sin efecto la designación de Leopoldo Múnera Ruiz al frente de la rectoría de la Universidad Nacional de Colombia. “La Sección Quinta del Consejo de Estado, en sentencia de única instancia de la fecha, declaró la nulidad de la Resolución 068 del 6 de junio del 2024, se designó al señor Leopoldo Alberto Múnera Ruiz como rector de la Universidad Nacional de Colombia para el período institucional 2024-2027”, explicaron en un comunicado.
El tribunal judicial argumentó que la institución educativa incumplió la legislación colombiana al no respetar la existencia previa de un rector oficialmente designado, José Ismael Peña Reyes.
Al respecto, el excongresista y exnegociador de paz Humberto de la Calle se refirió a la anulación de la elección de Leopoldo Múnera como rector de la Universidad Nacional en un mensaje de su cuenta de X.
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Frente a la controversia por el nombramiento del rector, Humberto de la Calle expresó su preocupación por la incertidumbre institucional en la Universidad Nacional tras decisiones judiciales contradictorias. De la Calle destacó los riesgos de que la universidad quede sin una cabeza clara y cuestionó el proceder del Gobierno, insistiendo en que este intervino fuera de sus atribuciones al, según él, imponer un nuevo rector.
“Rector de la U Nal: No puede pasar que ahora, después de dos sentencias, la Universidad Nacional quede en el limbo. La primera, dijo q Peña fue bien elegido. La segunda, tumba a Múnera. Como lo dijimos a tiempo, para su elección se acudió al atropello: el Gobierno declaró la inexistencia de un acto en clara invasión de competencia ajena y luego mediante resolución ministerial impuso el segundo Rector”, escribió en una publicación en la red social antes mencionada con respecto a la polémica.

De la Calle también manifestó su postura respecto a quién debería ocupar el cargo de rector, señalando que, desde su perspectiva, lo más razonable sería que Peña asuma la posición. No obstante, lamentó que figuras reconocidas del ámbito jurídico insistan en argumentos técnicos que implicarían reiniciar el proceso, lo que considera una solución desalentadora.
“El sentido común indica que Peña debe asumir. Respetados y profundos juristas, sin embargo, ahora apelan a tecnicismos que, por acertados que parezcan, son desconsoladores: tantas vueltas y ahora defienden la tesis de que hay que volver a empezar este accidentado periplo”, opinó el político colombiano en su publicación.
Para cerrar sus comentarios sobre el conflicto institucional, Humberto de la Calle cuestionó la falta de soluciones prácticas y apeló a un enfoque basado en la sensatez antes que en la confrontación legal. Además, aclaró su imparcialidad en el asunto con la frase: “No hay forma de desenredar esto simplemente con buen juicio? Conste q no tengo velas en esa pelea”.

Con respecto a la decisión de Consejo de Estado sobre la elección de Leopoldo Múnera también comentaron: “En sus consideraciones, la autoridad judicial resaltó que el proceso de elección del rector culminó el 21 de marzo del 2024 con la designación del señor José Ismael Peña Reyes, razón por la cual el consejo superior de la institución educativa aplicó en forma errónea el artículo 41 de la Ley 1437 del 2011, norma que si bien permite la corrección de irregularidades en las actuaciones administrativas, dispone que ello es procedente únicamente antes de la expedición del acto definitivo con que culmina el trámite, lo cual, en el presente asunto, ocurrió con el nombramiento antes mencionado y en la fecha señalada”.
El Consejo de Estado advirtió que el nombramiento de Ismael Peña como rector no fue considerado dentro del proceso administrativo.

“Como consecuencia de lo anterior, el máximo órgano colegiado de la Universidad Nacional de Colombia, con el pretexto de corregir una irregularidad, actuó sin competencia y desconoció la presunción de legalidad de la que se revisten los actos administrativos, incluidos los de elección o nombramiento, la cual puede desvirtuarse exclusivamente a través de una decisión adoptada por la jurisdicción de lo contencioso administrativo. Esta circunstancia impacta directamente la posterior elección del señor Leopoldo Alberto Múnera Ruiz, razón suficiente para encontrar acreditados los cargos de nulidad propuestos en la demanda”, comentaron.
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