Pipe Tuluá, cabecilla de La Inmaculada, sería extraditado a los Estados Unidos: Corte Suprema autorizó la medida

La solicitud de extradición presentada por Norteamérica se fundamenta en la presunta participación de Andrés Felipe Marín Silva en actividades de narcotráfico, así como en su papel dentro de una estructura delictiva dedicada a coordinar y ejecutar operaciones ilícitas

Guardar
Su nombre volvió a ser
Su nombre volvió a ser coyuntural en los medios de comunicación por el anuncio de la extradición a Estados Unidos, al ser pedido por delitos relacionados con el narcotráfico - crédito redes sociales/X

La Corte Suprema de Justicia ha dado luz verde a la extradición de Andrés Felipe Marín Silva, alias Pipe Tuluá, quien enfrenta una solicitud de las autoridades de Estados Unidos por delitos relacionados con el tráfico de drogas y concierto para delinquir, determinación que se conoció el 12 de noviembre de 2025.

La decisión implica que el líder de la organización criminal La Inmaculada será entregado a la justicia estadounidense para responder por los cargos que se le imputan.

Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel

La solicitud de extradición se fundamenta en la presunta participación de Marín Silva en actividades de narcotráfico, así como en su papel dentro de una estructura delictiva dedicada a coordinar y ejecutar operaciones ilícitas.

La Corte Suprema de Justicia, tras analizar los elementos presentados, consideró procedente la entrega del señalado cabecilla criminal.

Desde la cárcel, Pipe Tuluá
Desde la cárcel, Pipe Tuluá ordenó un plan pistola contra el Inpec - crédito captura de pantalla video redes sociales/Facebook-X

En el documento, la Sala de Casación Penal precisó que la participación de Marín Silva en una mesa de paz, como argumentó su defensa, no constituye un impedimento para la extradición. “Ahora, el hecho de que, supuestamente, Marín Silva esté ‘siendo parte de una mesa de paz, como lo plantea la defensa, no guarda relación con la garantía de no extradición prevista para los exintegrantes de las Farc-EP ni constituye una excepción adicional a la entrega”, señaló la Corte Suprema de Justicia, destacando que estas decisiones tienen carácter administrativo y no otorgan inmunidad judicial ni excepciones adicionales al régimen de entrega.

La Corte también abordó los argumentos presentados por el Procurador Segundo Delegado para la Casación Penal, quien mencionó la existencia de sentencias condenatorias ejecutoriadas contra Marín Silva por hechos distintos a los que motivan la acusación extranjera.

Sobre este punto, la Sala fue enfática: “El hecho que, en contra de Andrés Felipe Marín Silva figuren sentencias condenatorias ejecutoriadas por hechos diferentes a los de la acusación foránea, no es una circunstancia que impida a la Corte emitir concepto favorable de extradición, en un caso como el presente, en el que se encuentran cabalmente cumplidos los requisitos constitucionales y legales para el proferimiento de una decisión en tal sentido”.

La Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia ha dado luz verde a la extradición de Andrés Felipe Marín Silva, alias Pipe Tuluá, quien enfrenta una solicitud de las autoridades de Estados Unidos - crédito Corte Suprema

En consecuencia, la Corte resolvió: “Emite CONCEPTO FAVORABLE a la solicitud de extradición de Andrés Felipe Marín Silva, formulada por el Gobierno de los Estados Unidos de América, por la posible comisión de los delitos de tráfico de drogas ilícitas y concierto para delinquir”, según consta en el expediente.

La acusación corresponde al proceso N.º 4:24-CR-195 SDJ/BD, radicado el once de septiembre de 2024 por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas.

El concepto favorable de extradición está sujeto a una serie de condicionamientos que el Gobierno Nacional debe garantizar. Entre ellos, la Corte estableció que “ha de garantizar al reclamado su permanencia en la nación requirente y el retorno a Colombia en condiciones de dignidad y respeto de ser sobreseído, absuelto, declarado no culpable o eventos similares; incluso, después de su liberación por haber cumplido la pena que le fuere impuesta”.

Además, la entrega queda condicionada a que Marín Silva no sea juzgado por hechos distintos a los que motivaron la solicitud de extradición, cometidos después del 17 de diciembre de 1997, y a que no se le impongan sanciones diferentes a las de la eventual condena, ni penas de muerte, destierro, prisión perpetua, confiscación, desaparición forzada, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

La Corte también abordó los
La Corte también abordó los argumentos presentados por el Procurador Segundo Delegado para la Casación Penal, quien mencionó la existencia de sentencias condenatorias ejecutoriadas contra Marín Silva por hechos distintos a los que motivan la acusación extranjera - crédito Corte Suprema

La Corte Suprema de Justicia también dispuso que se respeten todas las garantías procesales de Marín Silva, en su calidad de nacional colombiano, incluyendo el acceso a un proceso público sin dilaciones injustificadas, la presunción de inocencia, la asistencia de un intérprete y la posibilidad de contar con un defensor de su elección o designado por las autoridades.