La reciente decisión judicial que ordenó realizar modificaciones a la película Noviembre desató una controversia nacional entre defensores de la libertad artística y quienes reclaman la protección del buen nombre de las víctimas del conflicto.
El debate se originó a partir del fallo del Juzgado 128 Penal Municipal de Bogotá, que resolvió una acción de tutela presentada por la familia del magistrado Gaona Cruz contra la productora de Noviembre, largometraje inspirado en los hechos del asalto al Palacio de Justicia, ocurrido el 6 de noviembre de 1985. La película, dirigida por Andi Baiz, reconstruye los acontecimientos del operativo del M-19 y las decisiones judiciales y militares de la época, bajo una narrativa de ficción basada en hechos reales.
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Según la demanda interpuesta por los familiares del magistrado, el filme incluía una línea de diálogo en la que se insinuaba una supuesta colaboración de Gaona con el grupo armado, así como representaciones visuales que, a juicio de la familia, vulneraban su memoria y lo mostraban de manera falsa e injuriosa.
El fallo judicial ordenó eliminar o modificar esas referencias, evitar el uso del nombre y rasgos identificables del magistrado y aclarar expresamente que se trata de una obra de ficción, con el objetivo de proteger su honra y buen nombre. La decisión también reiteró que, de acuerdo con la jurisprudencia vigente, los derechos a la dignidad, la honra y la memoria se extienden a las personas fallecidas y pueden ser reclamados por sus familiares directos. Esta medida generó amplio debate en medios y redes sociales, donde algunos sectores interpretaron la sentencia como un acto de censura artística.
Petro calificó la decisión como censura

El presidente Gustavo Petro se pronunció sobre el tema a través de su cuenta de X, manifestando su desacuerdo con el fallo. El mandatario sostuvo que las decisiones judiciales que imponen limitaciones a la representación artística pueden interpretarse como una restricción a la libertad de expresión.
“Esto se llama censura. Muy lamentable que el arte y la libertad de expresión entre a censura. No he observado la película, a lo mejor tendré reparos, pero jamás censuraría, ni, y lo digo porque escuché sus clases, lo haría el magistrado Gaona”, escribió Petro en su publicación.
El presidente añadió que “en este siglo donde se crió tanta gente colombiana, hubo una contracultura de ultraderechas profunda, aniquiladora no solo de la vida física, sino del espíritu libre”, comentario que generó nuevas reacciones y amplió la discusión sobre el alcance de la libertad de expresión artística frente al respeto por las víctimas históricas.
La respuesta de la hija del magistrado: “En este fallo no hay censura”

Por su parte, Juliana Gaona Bejarano, hija del magistrado asesinado y abogada representante de la familia, se pronunció en defensa de la decisión judicial y de la memoria de su padre. En su comunicado, expresó que el fallo busca únicamente corregir una narrativa falsa difundida por la película, sin afectar los derechos de los realizadores a la libre creación.
“En un fallo reciente de tutela se protegió el derecho al buen nombre y la honra de Manuel Gaona Cruz, quien fue asesinado por el M-19, conforme a los hechos acreditados por investigaciones relacionadas con su crimen, la Comisión de la Verdad, establecida por la Corte Suprema de Justicia, y los testimonios históricos que han documentado con rigor lo ocurrido. La película Noviembre difundió una narrativa falsa e injuriosa, la cual presentaba a mi padre como colaborador del grupo armado que los secuestró durante 28 horas y, posteriormente, lo asesinó de forma atroz”, declaró Gaona Bejarano.
La abogada subrayó que “en este fallo no hay censura” y que la medida judicial “no cercena la libertad artística ni la libertad de expresión” y añadió que el propósito de la decisión fue proteger la memoria, la verdad y los derechos básicos de una persona que dedicó su vida a la justicia.

“La libertad de creación es un pilar de toda democracia, pero también tiene límites. No puede distorsionar hechos históricos, estigmatizar a las víctimas o afectar la reputación de quien defendió la justicia, amparándose en la ficción para alterar o confundir los hechos reales”, sostuvo.
El Juzgado 128 Penal Municipal reiteró en su decisión que las representaciones artísticas deben respetar los derechos fundamentales, incluso cuando se trate de obras de ficción. En el caso concreto de Noviembre, el despacho concluyó que la representación de Manuel Gaona Cruz fue “lesiva” y “sin respaldo probatorio”, lo que justificó la orden de corrección.
Gaona Bejarano insistió en que su familia ha intentado durante décadas preservar la dignidad de su padre y desmentir versiones que desvirtúan su papel como magistrado de la Corte Suprema. “En ningún momento los productores ni el director de la película sustentaron con pruebas o fundamentos jurídicos las afirmaciones que vulneran la figura de mi padre”, precisó.
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