
El Congreso de la República analiza una de las reformas más relevantes para el comercio exterior del país: el proyecto de ley 312 de 2025, que propone un nuevo Régimen Sancionatorio Aduanero. La iniciativa, que debe ser sancionada antes del 20 de junio de 2026, tiene como objetivo modernizar y fortalecer la lucha contra el contrabando, así como brindar mayor seguridad jurídica a los operadores y empresas vinculadas al intercambio internacional de mercancías.
De cara a la presentación, el Gobierno nacional señaló que “este proyecto constituye un instrumento jurídico moderno, técnico y garantista, alineado con las mejores prácticas internacionales y con los principios constitucionales que orientan la actuación de las autoridades”.
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El origen del proyecto responde a un mandato de la Corte Constitucional que, mediante la sentencia C-072 de 2025, exigió la actualización del Régimen Sancionatorio Aduanero. La elaboración del articulado fue resultado de un trabajo conjunto entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la Presidencia de la República y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
Además, el proceso incluyó la participación del sector privado y la academia, cuyos aportes se recogieron durante jornadas de socialización y diálogo técnico. El Gobierno reiteró su compromiso con la construcción de un régimen “transparente, eficiente y equitativo” e instró al Congreso a avanzar en su estudio y aprobación dentro del plazo establecido.
Objetivos y principios del nuevo régimen sancionatorio aduanero
El director general (e) de la Dian, Carlos Emilio Betancourt, indicó “este proyecto constituye un instrumento jurídico moderno, técnico y garantista, alineado con las mejores prácticas internacionales y con los principios constitucionales que orientan la actuación de las autoridades”.
El nuevo régimen sancionatorio aduanero tiene como propósito central “fortalecer la lucha contra el contrabando y las prácticas ilegales, dotando al país de un marco normativo claro y actualizado que aporte seguridad jurídica y responda a la dinámica del comercio exterior hacia el futuro”. Entre los principios rectores del proyecto se encuentran la legalidad, la proporcionalidad y el debido proceso.
Dentro del articulado se establece que la Dian ejercerá la potestad sancionatoria aduanera conforme a los principios de legalidad, proporcionalidad y debido proceso. Además, el texto enfatiza la importancia de respetar los derechos fundamentales de los sujetos investigados, lo que garantizará así un equilibrio entre el control estatal y las garantías individuales.
Clasificación de infracciones y sanciones
Uno de los ejes más relevantes de la propuesta es la clasificación de las infracciones aduaneras en leves, graves y muy graves. El articulado precisa: “Se considerarán infracciones leves aquellas que, por su naturaleza o efectos, no causen un perjuicio económico significativo al Estado o al comercio formal. En contraste, las infracciones muy graves comprometerán la estabilidad del sistema aduanero o generarán una afectación considerable a las arcas fiscales”.
Dicha diferenciación permite que las sanciones sean proporcionales a la gravedad de la conducta, lo que abarca desde multas económicas y decomisos hasta la cancelación de autorizaciones. El proyecto establece que “la autoridad competente impondrá sanciones acordes con la proporcionalidad del daño y con la reincidencia del infractor”.
Procedimientos, derechos de defensa y mecanismos de reducción
Asimismo, en cuanto a los procedimientos y derechos de defensa, el proyecto introduce garantías para los investigados. Se establece que “todo presunto infractor gozará del derecho a la defensa, pudiendo aportar pruebas y ser escuchado antes de la decisión final”, lo que refuerza el principio de contradicción y publicidad.
Además, las resoluciones sancionatorias de la Dian podrán ser objeto de recursos de reconsideración y apelación, conforme a la ley administrativa vigente, lo que amplía las posibilidades de revisión y control sobre las decisiones adoptadas.

Entre las novedades más destacadas figura la introducción del principio de oportunidad, que permite la reducción de las sanciones en caso de reconocimiento voluntario de la infracción y reparación del daño. El texto señala: “Será procedente la reducción de hasta el cincuenta por ciento (50 %) del monto de la sanción cuando el infractor reconozca la infracción antes de la expedición de la resolución sancionatoria y repare el perjuicio ocasionado”. El mecanismo busca incentivar la colaboración y la pronta resolución de los procesos sancionatorios.
Prescripción, cooperación y obligaciones para operadores
De igual forma, la iniciativa define con claridad varios puntos:
- Plazos de prescripción para la imposición de sanciones: La facultad de la autoridad aduanera para imponer sanciones prescribirá en cinco años contados a partir de la comisión de la infracción, lo que otorga certeza temporal tanto a la administración como a los sujetos investigados.
- Cooperación: se establece que las autoridades aduaneras deberán coordinar labores de control con otras entidades nacionales e internacionales, con el objetivo de reforzar la vigilancia en puertos, aeropuertos y fronteras, y enfrentar de manera más efectiva las conductas ilícitas.
- Obligaciones y sanciones para los operadores de comercio exterior: el régimen contempla medidas estrictas para quienes incurran en infracciones reiteradas. El articulado advierte que la reincidencia en infracciones de naturaleza grave o muy grave dará lugar a la cancelación definitiva de las licencias o autorizaciones otorgadas, lo que representa una sanción de alto impacto para los actores del sector.
- Transparencia y la rendición de cuentas: el proyecto dispone que la administración aduanera debe emitir informes públicos periódicos sobre el cumplimiento del régimen sancionatorio, en cumplimiento del deber de transparencia administrativa y para facilitar el control social sobre la gestión de la Dian.
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