La decisión emitida por el tribunal representa una nueva etapa jurídica en este caso de alta relevancia política y judicial en Colombia.
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La directriz mayoritaria del tribunal consideró ilegales las interceptaciones telefónicas entre el expresidente Álvaro Uribe Vélez y su exabogado Diego Cadena por considerar que se vulneró el derecho a la intimidad de los implicados.
La exclusión de estas pruebas resultó determinante para la resolución exculpatoria. El tribunal señalará que existió una “vulneración al derecho a la intimidad”, lo que impide usar ese material dentro del proceso.

La decisión no es definitiva. Como reacción inmediata, la bancada de las víctimas anunció la interposición de un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia.
El proceso establece que, el grupo afectado tiene un plazo de cinco días para presentar formalmente la apelación. Posteriormente, se deben cumplir requisitos de sustentación y radicación del recurso, lo que puede extenderse por treinta días más, prorrogables bajo ciertas condiciones legales.
Una vez radicada la solicitud, la sala penal de la Corte Suprema de Justicia designará a un magistrado ponente encargado de verificar el cumplimiento formal de la demanda.
El ponente evaluará si el recurso reúne los requisitos indispensables para su trámite. En caso de que la demanda cumpla dichos parámetros y sea admitida, las partes tendrán oportunidad de exponer sus argumentos en una audiencia sumaria de diez minutos por parte.
Seguidamente, el magistrado presentará su proyecto de fallo ante la sala, compuesta en esta instancia por cinco votantes.
La decisión del pleno de la sala se toma por mayoría simple. Si no se logra el consenso necesario, la corte deberá reasignar el caso a otro magistrado ponente. Si el fallo es aprobado en la votación, se leerá públicamente la decisión definitiva sobre la situación penal del expresidente.
Si la demanda es inadmitida, se practicará un examen formal y quedará abierta la posibilidad de que las víctimas soliciten al Procurador General de la Nación que promueva la revisión del caso en la Corte, lo que abriría un eventual proceso adicional.
El desarrollo de este trámite ante la Corte Suprema no se prevé inmediato. Según antecedentes de procesos similares, la sala penal puede tardar hasta cinco años en emitir una decisión definitiva sobre el recurso de casación.
El expediente del exmandatario Álvaro Uribe Vélez permanece así bajo escrutinio judicial mientras se completa el ciclo de recursos previstos en la ley colombiana.

Recurso de casación en Colombia: Mecanismo que permite a la Corte Suprema revisar sentencias en segunda instancia
El recurso de casación en Colombia constituye un mecanismo judicial extraordinario que permite a la Corte Suprema de Justicia revisar sentencias proferidas en segunda instancia por tribunales superiores.
Su objetivo, de acuerdo con la propia Corte, es unificar la jurisprudencia, corregir errores judiciales y asegurar una interpretación adecuada del derecho en todo el país.
A diferencia de una instancia adicional, la casación no supone reabrir el proceso completo. Este recurso se centra en analizar si las decisiones de los jueces han presentado errores de derecho, afectaciones al debido proceso o interpretaciones legales dispares.
Según la Corte Suprema de Justicia, quien solicita la casación debe demostrar que la sentencia impugnada incurre en errores sustanciales que determinan el desenlace del caso.
La ley establece de forma precisa los motivos que autorizan la admisión del recurso de casación, siendo la Corte la encargada de decidir si lo tramita y, en tal caso, si modifica, revoca o anula la sentencia cuestionada.
La Corte resalta que la finalidad esencial de este mecanismo es garantizar la coherencia y supremacía de la interpretación jurídica en Colombia, otorgando un carácter vinculante a sus decisiones para todo el sistema judicial nacional.
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