
En Colombia, la adopción de mascotas en los hogares ha registrado un crecimiento notable en los últimos años.
Muchas personas optan por integrar perros o gatos a sus familias como alternativa a la crianza de hijos o como una fuente de compañía diaria.
Aunque la tasa de natalidad en el país muestra una tendencia a la baja, aún existen hogares donde conviven adultos, niños y animales.
La dinámica familiar y las responsabilidades laborales o personales dificultan en algunos casos dedicar tiempo suficiente al cuidado de las mascotas.

Por este motivo, algunos propietarios recurren al servicio de cuidadores para garantizar que sus animales reciban atención adecuada, salgan al parque, jueguen, cubran sus necesidades básicas y mantengan una rutina de alimentación.
Sobre estas prácticas, una nueva ley en Colombia prohíbe que una sola persona lleve grupos numerosos de perros en los espacios públicos.
Esta medida elimina una de las escenas frecuentes en los parques de Bogotá y otras ciudades, donde cuidadores se hacían cargo de varios animales a la vez.
La restricción busca reducir situaciones de riesgo, como posibles enfrentamientos entre los caninos o incidentes que afecten a otros usuarios de estos espacios.
Se trata de la Ley Kiara, sancionada el 25 de abril de 2025 y que establece límites estrictos y requisitos formales para quienes se dedican profesionalmente al cuidado de las mascotas.
Esta actividad, fuente de inquietud por la seguridad y el bienestar de animales y personas, ha sido regulada de forma gradual. Bogotá inició este proceso con la Resolución 061 de 2019 del Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA), que fijó condiciones, como la mayoría de edad para los paseadores, la obligación de portar uniforme o chaleco identificador y el límite de ocho perros por persona, preferiblemente de características similares en tamaño, edad y condición.
También se estableció el uso obligatorio de arnés, correa y bozal para razas catalogadas como potencialmente peligrosas, además de la acreditación de conocimientos en comportamiento animal y primeros auxilios.
La normativa en Bogotá sirvió de modelo para otras ciudades y para el desarrollo de un marco nacional. La Ley Kiara surgió tras un caso que conmocionó a la opinión pública y que evidenció la urgencia de regular los servicios de cuidado animal.

Esta ley abarca no solo a los paseadores, sino también a guarderías, peluquerías y otros servicios relacionados. Entre los requisitos más relevantes para los paseadores, la ley establece que no podrán llevar más de ocho perros simultáneamente, deberán contar con capacitación en primeros auxilios y bienestar animal, y definir rutas de paseo adaptadas a la edad, raza y condición de cada perro.
Además, se exige el registro ante cámaras de comercio y el cumplimiento de protocolos de transporte y seguridad, bajo la supervisión del Ministerio de Ambiente y otras entidades competentes.
Con esta ley, Bogotá ya no es la única que aplica reglas formales: ahora hay un marco nacional que apunta a la profesionalización del oficio. Antes de esta legislación, se discutía el Código de Protección y Bienestar Animal, que proponía el registro anual de paseadores ante las alcaldías, la certificación de vacunación de los perros y la obligatoriedad del bozal y la correa. Desde 2015, el Concejo de Bogotá debatía proyectos para institucionalizar la actividad de los paseadores como un oficio formal.
El marco regulatorio se complementa con normas de convivencia en espacios públicos y conjuntos residenciales. La Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Policía) exige el uso de correa y bozal para razas potencialmente peligrosas, la recogida de heces y una conducta responsable en áreas comunes. En propiedades horizontales, los reglamentos suelen requerir permisos previos para que los paseadores ingresen a los conjuntos.
Los deberes clave para los paseadores de perros en Colombia incluyen:
- Ser mayor de edad
- Estar debidamente identificados
- Manejar un máximo de seis a ocho perros según su capacidad física
- Utilizar arnés, correa y bozal cuando corresponda
- Contar con capacitación en primeros auxilios y comportamiento animal
- Recoger las heces
- Emplear anclaje en la cintura
- Portar un celular para pedir ayuda en caso de emergencias
- Registrar su actividad ante las cámaras de comercio
- Garantizar que los animales tengan el carné de vacunación al día.
Esta medida también ha impulsado la creación de espacios exclusivos para perros en los parques de algunas zonas del país, lo que permite que los animales jueguen e interactúen sin invadir las áreas destinadas a los niños.
¿Cuáles son las sanciones por incumplir la Ley Kiara?
Las sanciones por incumplir con esta legislación varía según la gravedad de los hechos, la reincidencia y la capacidad económica del infractor.
Detalle de las sanciones:
- Multas económicas: entre 5 y 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Suspensión o exclusión del registro nacional de prestadores de servicios para mascotas, ya sea de forma temporal o definitiva.
- Cierre temporal o permanente de establecimientos que ofrezcan servicios a mascotas.
- Amonestaciones y sellamiento del establecimiento ante incumplimientos.
La imposición de estas medidas corresponde a las alcaldías municipales y distritales, encargadas también de la verificación del cumplimiento de esta disposición legal.

La Ley Kiara (Ley 2480 de 2025) y las regulaciones asociadas buscan equilibrar el bienestar animal, la seguridad de la comunidad y la formalización de un oficio en crecimiento.
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