Arrancó el estudio de la Reforma Pensional del Gobierno Petro en la Corte Constitucional: estos son los posibles escenarios jurídicos

Tras recibir las actas faltantes de la Cámara de Representantes, el alto tribunal inició el análisis de la reforma, que enfrenta tres escenarios clave que definirán su viabilidad y vigencia

Guardar
Las actas servirán para determinar
Las actas servirán para determinar si se subsanaron los posibles vicios de trámite señalados en la demanda - crédito Mauricio Dueñas Castañeda/EFE

El magistrado Jorge Enrique Ibáñez, presidente de la Corte Constitucional y ponente del estudio de la Reforma Pensional, comenzó la revisión formal del proyecto aprobado por el Congreso, luego de que se recibieran las actas faltantes exigidas para continuar con el análisis.

El proceso definirá si el nuevo modelo pensional puede entrar en vigencia o si será declarado inconstitucional.

Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel

El 17 de junio, la Corte había suspendido la entrada en vigor de la reforma al detectar posibles errores en el trámite legislativo. Tras varios requerimientos, la Cámara de Representantes remitió finalmente las actas de las sesiones realizadas el 27 y 28 de junio, lo que permitió reactivar el estudio.

Lo que sigue en el análisis de la reforma

Con la documentación recibida, el magistrado Ibáñez notificó a las partes intervinientes: la senadora Paloma Valencia, que presentó la demanda de inconstitucionalidad, y la Procuraduría General de la Nación, que ya emitió su concepto sobre el caso.

La tarea inmediata de la Corte será la elaboración de una ponencia que será sometida a discusión en la Sala Plena, integrada por nueve magistrados que componen el alto tribunal, incluyendo el presidente y la vicepresidenta. En esa sesión, se votará la decisión final sobre la validez del trámite legislativo que dio origen a la reforma.

El magistrado Jorge Enrique Ibáñez
El magistrado Jorge Enrique Ibáñez es el ponente del caso y presidente de la Corte - crédito Colprensa

El retraso en este proceso se debió a que la Cámara de Representantes, en tres oportunidades, no entregó la información solicitada por la Corte. Ante esta situación, el presidente de la Corte emitió un auto en el que fijó como plazo final el 19 de septiembre para la remisión de las actas.

Estas sesiones legislativas fueron señaladas en la demanda de Valencia como las más críticas, pues según la senadora del Centro Democrático, los congresistas “votaron a ciegas” sin conocer plenamente el contenido del proyecto.

Estas actas y demás pruebas serán determinantes para establecer si efectivamente se incurrió en un vicio de trámite. En caso de comprobarse, la Corte deberá evaluar si el defecto es subsanable o si implica la anulación total o parcial de la norma.

Posibles escenarios jurídicos

El control constitucional que ejerce la Corte Constitucional sobre las leyes en Colombia se basa en la revisión de los procedimientos y contenidos normativos, garantizando que respeten la Constitución Política. En este caso, el análisis se centra exclusivamente en el trámite legislativo, no en la conveniencia del modelo pensional.

La Corte analizará si el
La Corte analizará si el proceso legislativo cumplió con la Constitución y elaborará una ponencia para la Sala Plena - crédito Corte Constitucional.

De acuerdo con la legislación colombiana y la jurisprudencia de la Corte, existen varios escenarios posibles tras la evaluación de la reforma:

1. Declaración de constitucionalidad

Si la Corte determina que el trámite legislativo cumplió con los requisitos constitucionales, la Reforma Pensional será declarada exequible. Esto significa que el nuevo modelo diseñado por el Gobierno nacional podrá entrar en vigencia según el calendario establecido en la ley.

En este escenario, la reforma continuaría su implementación bajo la supervisión de las entidades encargadas, incluyendo el Ministerio de Trabajo.

2. Inexequibilidad total de la reforma

Si se demuestra que hubo un vicio grave e insubsanable en el procedimiento legislativo, la Corte podría declarar inconstitucional la totalidad de la reforma.Este tipo de decisión implica que la ley queda sin efectos jurídicos, como si nunca hubiera existido, y el sistema pensional se mantendría bajo el esquema actual.

La Corte ha señalado en fallos previos que esta medida se aplica cuando la irregularidad compromete principios fundamentales como la publicidad, la deliberación y el derecho de los congresistas a votar informadamente.

3. Inexequibilidad parcial o diferida

Un escenario intermedio es que la Corte encuentre vicios que puedan corregirse o que solo afecten partes específicas de la reforma. En este caso, podría declarar inexequibles únicamente los artículos comprometidos o diferir la decisión para permitir que el Congreso subsane los errores en un plazo determinado.

Esta figura busca proteger la seguridad jurídica y evitar la parálisis de políticas públicas, siempre que el defecto identificado sea de carácter subsanable.

Importancia de la decisión para el sistema pensional

La decisión de la Corte
La decisión de la Corte definirá si el nuevo modelo pensional puede implementarse en Colombia o si se mantiene el sistema actual - crédito Infobae

La revisión de esta reforma tiene un impacto directo en millones de afiliados y pensionados en Colombia. El nuevo modelo plantea cambios en la administración de los recursos, la participación de Colpensiones y los fondos privados, así como en la distribución de los aportes de los trabajadores.

Por esta razón, la Corte debe garantizar que la ley haya sido aprobada conforme a los principios constitucionales, asegurando la legitimidad del proceso legislativo y la confianza en el sistema jurídico.

Hasta el momento, la Sala Plena no ha fijado una fecha para la discusión definitiva, pero se espera que la ponencia esté lista en las próximas semanas. La decisión final definirá si el país avanza hacia la implementación del nuevo modelo pensional o si el proyecto debe ser replanteado desde el Congreso.