
La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá ratificó la condena de seis años y cuatro meses de prisión contra Andrey José Piñarete Galindo por amenazar de muerte al actual alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, a través de un mensaje enviado desde las Islas Canarias (España).
El fallo mantuvo la sentencia impuesta inicialmente por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Bogotá.
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El caso se remonta al 10 de agosto de 2022, cuando Gutiérrez, entonces candidato presidencial, recibió un mensaje intimidatorio en su cuenta de Instagram proveniente del perfil de Piñarete Galindo.
El texto decía: “Das asco pichurria, meterte una indumil es poco mejor unas 15, dejarle la cabeza llena de metralla”, y fue considerado por las autoridades como una amenaza directa contra la integridad y la vida del político.
Tras recibir el mensaje, Gutiérrez presentó la denuncia ante la Fiscalía General de la Nación el 16 de agosto, lo que activó la intervención del Grupo de Amenazas de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos.
Durante el proceso judicial, la Fiscalía presentó pruebas técnicas y testimoniales que resultaron determinantes. La expareja de Piñarete Galindo confirmó que el perfil de Instagram desde el que se envió la amenaza pertenecía al acusado y que este residía en Gran Canaria al momento de los hechos.

Además, la inspección técnica estableció que tanto la cuenta como el número de teléfono asociados correspondían a Piñarete Galindo y que no existían otros perfiles similares activos en ese momento.
Según el informe de la Fiscalía, “no se hallaron más perfiles con el mismo nombre y se supo que hubo actividad en la cuenta de Instagram desde España el 10 de agosto de 2022 a las 23:42”, reforzando así la trazabilidad de la amenaza.
El testimonio de Federico Gutiérrez en el juicio oral fue clave para demostrar el impacto de la amenaza en su vida personal y familiar. El político aseguró que, aunque no conocía al remitente, el mensaje generó una profunda zozobra y lo llevó a hacer pública la situación.
Asimismo, recordó que su actividad política ha estado históricamente expuesta a amenazas de estructuras criminales y que ha recibido múltiples mensajes de odio a través de redes sociales.
La defensa de Piñarete Galindo cuestionó la validez de la evidencia, argumentando que la sentencia no podía basarse en suposiciones y que no se había seguido la cadena de custodia adecuada, dado que el mensaje no fue obtenido directamente de la bandeja de Instagram ni se sometió a todos los procedimientos técnicos necesarios para verificar su autenticidad.
También señaló que, para la fecha de los hechos, Gutiérrez no era candidato presidencial y, por tanto, no ostentaba la calidad de líder político requerida por el tipo penal.

Sin embargo, el tribunal desestimó estos argumentos, recordando que la condición de líder político de Gutiérrez estaba acreditada desde 1997, por su trayectoria como concejal y posteriormente como alcalde de Medellín.
En la sentencia, los magistrados Ramiro Riaño y Aura Alexandra Rosero resaltaron que las pruebas de cargo, valoradas en conjunto, acreditaban con suficiencia que Piñarete Galindo había amenazado a Gutiérrez con armas de fuego y metralla a través de Instagram.
El fallo subraya que “el daño advertido es constitutivo de delito, porque está en juego la integridad y vida del afectado”. Además, se destacó la actitud desafiante del condenado durante las audiencias y la relevancia de la sentencia como advertencia sobre el uso indebido de redes sociales para intimidar o acosar.

La condena no solo incluye la pena de prisión, sino también una multa de 30 salarios mínimos legales mensuales y la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas durante el mismo período.
La solicitud de suspensión condicional de la pena y de prisión domiciliaria fue negada, ya que no se acreditó arraigo social, laboral ni familiar, lo que impedía inferir que Piñarete Galindo no representaría un peligro para la comunidad. Por esa razón, se ordenó su captura para su reclusión en un establecimiento carcelario.
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