
La reciente decisión del Consejo de Estado de admitir una demanda que busca anular los cargos transitorios creados en el Tribunal Superior de Bogotá modificó el panorama del proceso penal contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.
Esta medida, impulsada por el abogado Samuel Alejandro Ortiz, solicita además la suspensión provisional de la orden administrativa que permitió la designación de magistrados adjuntos para revisar la apelación presentada por la defensa del expresidente, que fue condenado en primera instancia a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
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El origen de la controversia se remonta al 6 de agosto, cuando el Consejo Superior de la Judicatura dispuso la creación de cargos transitorios en los despachos 004, 011 y 013 de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.
El objetivo era descongestionar estos despachos y agilizar la revisión de la apelación interpuesta por Uribe Vélez y sus abogados el 13 de agosto, en respuesta al fallo emitido el 28 de julio por la jueza Sandra Heredia.

En esa sentencia, la jueza calificó a Uribe como “arquitecto” y “determinador” de una red de manipulación de testigos, con el propósito de desviar testimonios que lo vinculaban con grupos paramilitares en Antioquia.
La Judicatura justificó la creación de estos cargos transitorios señalando la magnitud y complejidad del proceso, así como la inminencia de la prescripción, prevista para octubre.
El auto administrativo especifica: “Se evaluó la necesidad de crear magistrados adjuntos transitorios en los mencionados despachos, teniendo en cuenta las características del proceso asignado, como el gran volumen, la connotación y el término de prescripción”.
Además, el documento añadió que “los directores de las unidades de Planeación y Presupuesto de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, mediante oficio del 9 de mayo de 2025, certificaron la disponibilidad de recursos presupuestales para la creación de cargos transitorios”.
La demanda presentada por Samuel Alejandro Ortiz cuestiona la legalidad de esta decisión y solicita que se suspendan de manera cautelar los efectos del acto administrativo, mientras la Sección Primera del Consejo de Estado resuelve el fondo del asunto.

El auto admisorio del Consejo de Estado precisa: “Por ajustarse a las formalidades previstas en los artículos 162 a 166 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Cpaca), se admite la demanda, en ejercicio del medio de control de nulidad de conformidad con el artículo 137 del mismo estatuto, instaurada por el señor Samuel Alejandro Ortiz Mancipe, actuando en nombre propio, con el fin de obtener la declaratoria de nulidad, previa suspensión provisional, de los efectos del Acuerdo PCSJA25-12326 de 6 de agosto de 2025”.
Mientras se resuelve la demanda, los magistrados Alexandra Ossa Sánchez, Leonor Oviedo Pinto y Manuel Antonio Merchán continúan el estudio del expediente de Uribe Vélez.
El proceso ha experimentado un cambio significativo tras la decisión del expresidente, que el 25 de agosto envió una carta al tribunal renunciando voluntariamente a la prescripción de la investigación en su contra.
Esta renuncia elimina la presión de un plazo inminente y otorga a la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá hasta dos años adicionales para emitir un fallo en segunda instancia sobre la culpabilidad o inocencia de Uribe Vélez.
En paralelo, el exmandatario permanece en libertad, luego de que el propio tribunal revocara la orden de detención inmediata dictada por la jueza Sandra Liliana Heredia en la sentencia de primera instancia, a través del fallo de una tutela.
La defensa de Uribe Vélez, encabezada por los penalistas Jaime Granados y Jaime Lombana, presentó una apelación de 904 páginas el 13 de agosto. En este recurso, solicitan al tribunal que revise los supuestos errores judiciales cometidos en la sentencia condenatoria.
El documento sostiene: “La presente impugnación tiene como finalidad que el superior funcional revise con detenimiento los yerros aquí señalados y restablezca las garantías y derechos afectados, a partir de los siguientes ejes argumentativos constitutivos de errores judiciales al interior de la mencionada decisión judicial”.

Entre los argumentos expuestos, la defensa pide que se rechace la validez de la interceptación telefónica realizada por la Corte Suprema en 2018, la cual, según alegan, se efectuó “por error” y no estaba dirigida a Uribe Vélez, sino al representante Nilton Córdoba en el marco de otro proceso.
Además, solicitan que los diálogos entre Diego Cadena y Uribe Vélez sean considerados parte del secreto profesional del abogado, por lo que estarían amparados por la reserva y no podrían ser utilizados como prueba.
La resolución impugnada por la demanda de Ortiz resalta que la solicitud de apoyo transitorio provino de los propios despachos encargados de sustanciar el proceso y fallar en segunda instancia dentro de los términos legales.
La Judicatura había priorizado el caso debido a su relevancia pública y la amenaza de prescripción, pero la renuncia de Uribe Vélez a este beneficio ha extendido el plazo para que los magistrados emitan su veredicto, mientras el exmandatario enfrenta el proceso en libertad.
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