
La controversia en torno a la participación de Ana María Castañeda y Temístocles Ortega en las votaciones del Congreso de la República puso en entredicho la aplicación de las sanciones internas de Cambio Radical y encendió las alarmas sobre posibles consecuencias legales para el proceso de elección del próximo magistrado de la Corte Constitucional.
Aunque el comité de ética de la colectividad impuso restricciones que les prohíben votar y hablar en el recinto, ambos senadores continuaron ejerciendo sus funciones, lo que generó inquietud al interior del partido y llevó el caso hasta el Consejo Nacional Electoral (CNE).
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La sanción contra Castañeda y Ortega se originó tras su retiro de la votación sobre la consulta popular impulsada por el Gobierno nacional el semestre anterior. Como resultado, el comité de ética de Cambio Radical determinó que ninguno de los dos podría participar en debates ni emitir su voto en el Congreso, una medida que, en teoría, los excluye de la elección del nuevo magistrado de la Corte Constitucional. No obstante, sus nombres siguieron apareciendo en los conteos previos de la candidata María Patricia Balanta, que cuenta con el respaldo tanto de la administración como del partido La U.
La directiva de Cambio Radical reiteró públicamente que los dos senadores sancionados no están habilitados para votar y manifestó su respaldo a Carlos Camargo, aspirante que promueve la colectividad. La preocupación se centra en que la participación de Castañeda y Ortega podría acarrear vicios de trámite y afectar la validez de la elección de cargos, además de exponer al Congreso a eventuales denuncias ante la Corte Suprema de Justicia por presuntas irregularidades procesales.

Sin embargo, la decisión de la colectividad fue desestimada por el CNE que en una misiva notificó al Congreso de un auto con fecha del 2 de septiembre de 2025, en el que suspende provisionalmente la sanción del Consejo Ético de Cambio Radical en contra de la senadora Ana María Castañeda.
“Al respecto, es preciso señalar que, mediante Auto de fecha dos (2) de septiembre de 2025, dentro del expediente radicado bajo el número CNE-E-DG-2025-018881, este despacho decretó medida cautelar en favor de la Senadora, consistente en la SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE LOS EFECTOS DE LAS SANCIONES IMPUESTAS por el Consejo de Control Ético y el Comité Central del Partido Cambio Radical (Pronunciamiento 227 del 18 de julio de 2025 y Acta 120 del 23 de julio de 2025), hasta tanto se profiera decisión de fondo sobre la impugnación interpuesta”.

En la misiva firmada por la magistrada Alba Lucía Velásquez, la máxima autoridad electoral especificó que la medida es de carácter temporal, señalando que el principal objetivo es que se garanticen los derechos de la congresista.
“Es necesario precisar que dicha medida cautelar tiene carácter provisional y preventivo, y no constituye pronunciamiento alguno sobre la validez de los actos impugnados. Su finalidad radica en evitar un perjuicio grave e irreparable, salvaguardando el debido proceso y los derechos políticos de la congresista y de los ciudadanos que representa”, puntualizó el CNE.
Así las cosas, explicó que Castañeda mantiene todos los derechos políticos y está habilitada para cumplir con el ejercicio de sus funciones como legisladora, por lo que podrá participar en las discusiones del Congreso de manera inmediata, mientras que el organismo toma una decisión definitiva.

“En consecuencia, se informa que los efectos jurídicos de la sanción disciplinaria se encuentran suspendidos. En virtud de ello, la Senadora Ana María Castañeda Gómez conserva íntegramente sus derechos políticos, incluido el ejercicio del derecho al voto en el Congreso de la República, así como el pleno desarrollo de las funciones inherentes a su investidura parlamentaria, mientras este Consejo Nacional Electoral no adopte una decisión definitiva de fondo”.
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