
En medio de un entorno donde la planificación patrimonial es cada vez más necesaria, especialmente para evitar tensiones entre herederos, el fideicomiso se convirtió en una alternativa cada vez más común entre quienes buscan proteger sus bienes y asegurarse de que su voluntad se cumpla, incluso cuando ya no estén.
Este mecanismo jurídico permite que una persona, conocida como el constituyente, transfiera la propiedad de ciertos activos a un tercero —el fiduciario— con la instrucción de administrarlos y, en determinado momento o bajo ciertas condiciones, entregarlos a los beneficiarios. Lo interesante es que todo esto puede hacerse en vida y con reglas claras, reduciendo al mínimo los conflictos familiares que suelen desatarse tras una herencia.
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Mónica Vanegas, gerente de patrimonios personales de Acción Fiduciaria, destacó que este tipo de figura ofrece ventajas frente a esquemas como la copropiedad o la entrega anticipada de bienes: “se evita que los futuros beneficiarios puedan vender o hipotecar los bienes, afectando al titular original, quien sigue siendo usufructuario”.
La clave del fideicomiso está en su estructura flexible. La persona que constituye el patrimonio mantiene el control sobre la toma de decisiones, mientras la fiduciaria, una entidad especializada, actúa como intermediaria legal. Es esta sociedad la encargada de gestionar los activos de acuerdo con las condiciones establecidas, lo que garantiza no solo seguridad jurídica, también transparencia en la administración.
El fideicomiso funciona como un patrimonio autónomo y se rige por las normas del derecho comercial. Este contrato de fiducia mercantil permite que, incluso tras la muerte del constituyente, los bienes sean manejados de acuerdo con su voluntad original, sin pasar por los largos —y a veces costosos— procesos de sucesión. “El fideicomiso permite planear la distribución del patrimonio en vida, sin los riesgos que conllevan otras formas jurídicas”, explicó Vanegas.

¿Cómo constituir un fideicomiso en Colombia?
Según el Ministerio de Justicia, el proceso se inicia acudiendo a una notaría con una idea clara de los elementos esenciales. En primer lugar, es necesario definir los bienes que se incluirán —una vivienda, un vehículo u otro tipo de propiedad— y a quiénes se quiere beneficiar. También debe establecerse la condición que dará paso a la entrega, puede ser, por ejemplo, alcanzar la mayoría de edad, culminar una carrera universitaria o contraer matrimonio.
Después de definir los términos, se deben presentar ciertos documentos. Para bienes inmuebles, se exige la escritura pública, el certificado de tradición y libertad actualizado, paz y salvo de predial, el comprobante de valorización y las cédulas del constituyente y beneficiarios. Para vehículos, se solicita la tarjeta de propiedad, el certificado de tradición, el paz y salvo del impuesto vehicular y también las cédulas respectivas.
Una vez entregada la documentación, el fideicomiso debe formalizarse legalmente. Esto puede hacerse por escritura pública, si se establece en vida, o a través de un testamento, si se decide incorporar como parte de una disposición posterior.

Aunque suele confundirse con una herencia, el fideicomiso es algo distinto. La herencia solo entra en juego cuando una persona fallece y se activan las normas legales de sucesión vigentes. En cambio, el fideicomiso permite anticiparse a esa situación, organizando desde antes la distribución de los bienes, lo cual también implica menos trámites, costos notariales más bajos y, sobre todo, la posibilidad de evitar enfrentamientos familiares.
El portal especializado Valora Analitik resaltó que esta herramienta legal, además de brindar seguridad patrimonial, permite que el constituyente tenga certeza de que su voluntad será respetada. Para ello, es fundamental contar con asesoría profesional que guíe la correcta estructuración del fideicomiso y que permita entender las implicaciones tributarias, legales y personales de este tipo de decisión.
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