
Venezuela y Colombia sellaron las bases para la instauración de una “zona de paz, unión y desarrollo binacional” que busca transformar la región fronteriza.
Según conoció Semana, el gobierno presidido por Nicolás Maduro y las autoridades colombianas avanzaron hacia la suscripción de este memorando de entendimiento, cuyo acto de firma se llevó a cabo el 1 de julio de 2025 en Caracas, Venezuela.
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La medida propone una cooperación intensificada en los corredores fronterizos de los estados venezolanos de Táchira y Zulia, junto con el departamento colombiano de Norte de Santander.
De acuerdo con el medio mencionado, ambos países detallaron que la prioridad será establecer un marco institucional que promueva el desarrollo en áreas clave como cultura, educación, salud, comercio y turismo, con la posibilidad de ampliar el acuerdo a otros territorios fronterizos en el futuro. El documento oficial plantea.
“Las partes podrán acordar la creación de otras zonas binacionales para ampliar y profundizar la unión y el desarrollo conjunto, al amparo de lo previsto en este memorándum de entendimiento”, se puede leer en el documento obtenido por Semana.

El acuerdo, firmado por la ministra venezolana Coromoto Godoy y la ministra colombiana Diana Morales Rojas, con la participación de la vicepresidenta ejecutiva venezolana Delcy Rodríguez Gómez, surge en un contexto en el que ambas naciones buscan superar años de relaciones diplomáticas irregulares y abrir nuevas rutas de integración.
La voluntad política expresada por los firmantes se enmarca en un sentido de “historia común... basada en el legado de independencia del Libertador Simón Bolívar”, según señala el texto oficial del memorando.
En materia de objetivos y áreas de acción, el artículo primero del memorándum establece “un marco de cooperación para la pronta conformación de una Zona Económica Especial que se denominará ‘Zona de Paz, Unión y Desarrollo Binacional’, que comprende las poligonales en los estados Táchira y Zulia por la parte venezolana y el Norte de Santander por la parte colombiana... Las partes coordinarán con las autoridades competentes para abordar los temas relacionados con cultura, educación, salud, comercio, turismo y cualquier otro que tengan a bien designar”.
El medio Semana subrayó el impacto potencial en las economías locales, destacando que el esfuerzo conjunto buscará potenciar especialmente el “sector de producción agroalimentaria primaria”, con cultivos emblemáticos como café, frutas tropicales, musáceas, cacao, caña de azúcar, tubérculos, además de la ganadería y la producción láctea.
El documento precisa que estos productos “podrían ser identificados de manera conjunta” como áreas de interés central.
Para gestionar los mecanismos de cooperación, el acuerdo prevé la designación de “puntos focales nacionales”, enlaces clave entre las autoridades de ambos países, encargados del “cumplimiento oportuno de los compromisos asumidos”.

Además, se conformará un equipo de trabajo bilateral responsable de “elaborar planes de acción anuales y cronogramas de actividades, coordinar el intercambio de información técnica y estadística necesaria para la toma de decisiones, identificar retos, oportunidades y necesidades de ajuste normativo o administrativo”.
Un componente central de esta colaboración recae en la flexibilidad del propio acuerdo respecto al alcance geográfico de la zona binacional, debido a que la delimitación final “aún está por definirse y requerirá trabajo técnico conjunto para identificar, delimitar y acordar los sectores y territorios que integrarán esta zona”, conforme a lo estipulado en la legislación de ambos países. El memorando subraya: “Este memorándum no limita ni condiciona las decisiones soberanas que cada país adopte respecto de sus políticas de ordenamiento territorial, incentivos o instrumentos de desarrollo económico”.
El mecanismo de monitoreo y evaluación incorpora la organización de “reuniones ordinarias de manera presencial o virtual, alternando la sede entre ambos países”. De igual manera, el “Equipo de Trabajo Bilateral” podrá convocar reuniones extraordinarias según lo requieran las circunstancias. El memorando insiste en que “todas las actividades, decisiones y recomendaciones... deberán ejecutarse en estricto cumplimiento de las leyes, regulaciones y políticas nacionales vigentes en cada país, así como en armonía con los compromisos y obligaciones internacionales vigentes por las partes”.
Uno de los objetivos adicionales es intercambiar “información relevante sobre estadísticas, políticas sectoriales, investigaciones y estudios técnicos”, de modo que se enriquezcan los procesos de toma de decisiones y se fomenten iniciativas conjuntas por el crecimiento económico en la región fronteriza.
En esa línea, se proyectan capacitaciones y acciones de formación técnica dirigidas a actores locales, micro, pequeñas y medianas empresas, así como a comunidades dentro del área de la zona. Todas las acciones buscan “impulsar la diversificación productiva, generar valor agregado y fomentar un desarrollo económico inclusivo y sostenible”.

La estructura de gobernanza para la implementación del acuerdo contempla la posible instauración de un Grupo de Trabajo, cuya labor será “coordinar y revisar la implementación del presente Memorándum de Entendimiento, mediante consultas bilaterales, el seguimiento técnico de las acciones acordadas y la formulación de recomendaciones dirigidas a las autoridades competentes de ambos países”. Este grupo integrará igualmente a representantes del sector productivo, académico, empresarial, social y comunitario, en calidad de expertos consultores.
La solución de cualquier diferencia derivada de la interpretación o la aplicación del acuerdo se trata mediante una “negociación directa entre las partes, a través de la vía diplomática”. En cuanto a los aspectos financieros, “cada una de las partes asumirá sus propios costos derivados de la cooperación o las actividades realizadas en virtud del presente memorándum, a menos que mutuamente acuerden lo contrario por escrito”, detalla el documento.
En referencia a la modificación y vigencia del acuerdo, el texto puntualiza: “Este memorándum de entendimiento podrá ser modificado mediante el consentimiento mutuo por escrito de las partes. El presente memorándum... tendrá una vigencia de cinco (5) años a partir de su fecha de entrada en vigor y se prorrogará automáticamente por periodos iguales, a menos que cualquiera de las partes notifique por escrito al otro su intención de dar por terminados los efectos al menos seis (6) meses antes del vencimiento del periodo inicial o de cualquier periodo posterior”.
La terminación puede darse “en cualquier momento... notificando por escrito a la otra parte. La terminación surtirá efecto noventa (90) días después de recibida dicha notificación”.
Destaca también que la terminación anticipada no impedirá la finalización de “proyectos, programas y cualquier otra iniciativa emprendida bajo este memorándum... hasta su culminación, a menos que las partes acuerden lo contrario”.
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