
Desde la planificación del retiro hasta la gestión de una sustitución pensional, los trámites relacionados con las pensiones del magisterio siguen generando inquietudes entre docentes activos y retirados. Para abordar las preguntas más recurrentes, el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag), a través del doctor Carlos Cortés, director de Prestaciones Económicas, ofreció una guía concreta con información clave sobre derechos, tiempos de respuesta y herramientas digitales disponibles.
Uno de los puntos que más confusión causa tiene que ver con la posibilidad de que una pensión se transfiera tras la muerte del docente. Al respecto, Cortés fue enfático: “No, a ver, puntualmente no se hereda y no sería el término que en prestaciones económicas deberíamos utilizar”, dijo a El Tiempo. En lugar de herencia, explicó que existen dos figuras diferentes según el caso, la sustitución pensional y la pensión de sobrevivientes.
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Cuando el maestro fallece y ya gozaba de una pensión, esta puede ser sustituida en favor de sus beneficiarios, que incluyen a la esposa o compañera permanente y, bajo ciertas condiciones, a los hijos. Estos deben tener hasta 18 años, o hasta 25 si se encuentran estudiando y pueden certificarlo, o tener una discapacidad reconocida oficialmente. Si el fallecido aún no había accedido a su pensión, pero cumplía con los requisitos de servicio y afiliación, los allegados pueden solicitar la pensión de sobrevivientes. En el régimen especial de la Ley 91 de 1989 incluso se contempla la posibilidad de otorgarla de manera post mortem.
Otro tema que suele generar frustración es la demora en las reliquidaciones de pensión, es decir, los ajustes al valor que ya recibe un jubilado. Aunque es un derecho legítimo, el proceso tiene baja prioridad dentro del sistema. ¿La razón? Como explica el doctor Cortés, el Fomag debe organizar las solicitudes según su urgencia, primero se atienden pensiones de invalidez, luego las de sobrevivientes, después las primeras jubilaciones y, finalmente, las reliquidaciones. “La menor prioridad se debe a que el beneficiario ya recibe mesadas mientras se tramita su solicitud”, precisó.
Ahora bien, ¿cuánto tiempo puede tardar una reliquidación? La respuesta técnica indica que el análisis completo requiere cerca de cuatro meses entre el ente territorial y el Fomag, más dos meses adicionales para reflejar el nuevo monto en la nómina. Es decir, un tiempo estimado de seis meses.

No obstante, cuando se excede el plazo previsto para resolver y efectuar el reconocimiento de la pensión, entra en juego un criterio adicional, la antigüedad del caso. Esta regla busca priorizar aquellos procesos que llevan más tiempo esperando resolución, dándoles prelación en la agenda de respuesta institucional. Además, este seguimiento no queda únicamente en manos del Fomag o de las entidades territoriales.
Para muchos docentes, el camino hacia una pensión tranquila comienza mucho antes de que llegue la edad de jubilación. Entender desde el principio por dónde empezar el trámite puede marcar una gran diferencia. A menudo se piensa que el proceso arranca directamente en el Fomag, pero no es así.
El primer paso debe darse en la Secretaría de Educación certificada correspondiente, que es la entidad encargada de validar el tiempo de servicio, revisar la documentación de soporte y, finalmente, consolidar el expediente que será enviado a Fomag. Es un detalle que parece menor, pero que define si el proceso avanza con fluidez o se atasca desde el comienzo.

“Esta práctica expone a fraudes y bloqueos innecesarios”, señaló. Lo recomendable es ingresar personalmente, revisar frecuentemente el estado de la cuenta y estar atentos a cualquier trámite desconocido que aparezca.
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