
El 17 de junio de 2025 se definirá el futuro de la resucitada reforma laboral del Gobierno Petro. A lo largo de la jornada se han discutido artículos fundamentales para el proyecto que generaron disputas entre las diferentes bancadas.
Entre ellos, el artículo 11, que establece que el recargo nocturno sea desde las 7:00 p. m. sin ninguna excepción. En la plenaria del Senado fue aprobada la normativa Con 56 votos por el sí y 40 votos por el no.
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La decisión causó opiniones dividas. Las microempresas se verán afectadas, ya que su realidad económica difiere bastante de las más grandes. El espíritu de esta iniciativa era no asfixiar a estas unidades productivas con los nuevos costos que tendrá el recargo nocturno. Sin embargo, esta iniciativa fue rechazada.
Con respecto a las preocupaciones de los gremios y legisladores, el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, explicó que la Corte Constitucional lo considera regresivo. Tras el concepto del alto tribunal, afirmó que el Gobierno nacional radicará un proyecto de alivios crediticios y de apoyos para las pequeñas unidades productivas el próximo 20 de julio de 2025.
¿Cómo funcionaría el nuevo recargo nocturno en Colombia?

Si la reforma laboral llega a ser aprobada en su último debate, habría un recargo nocturno del 35% para quienes trabajen entre las 7 p. m. y las 6 a. m., ampliando el rango de horas consideradas como nocturnas, que actualmente comienza más tarde. Este cambio impactaría directamente a los trabajadores que desempeñan labores durante la noche, aumentando su compensación económica.
La iniciativa también incluye un ajuste en el pago por trabajo en domingos y días festivos. Según lo estipulado en la propuesta, los empleados recibirían un recargo del 100% sobre su salario habitual por estas jornadas, lo que duplicaría el pago actual. Este cambio busca reconocer el esfuerzo adicional de quienes laboran en días tradicionalmente destinados al descanso.
Cabe recordar que el horario nocturno en Colombia, tal como está definido actualmente, comienza a las 9:00 p. m., dos horas más tarde de lo propuesto en esta reforma.
Así las cosas, la ampliación del rango horario nocturno implicaría un mayor número de horas con recargo, lo que podría beneficiar a un amplio sector de trabajadores, especialmente aquellos en sectores como la seguridad, la salud y el transporte, donde las jornadas nocturnas son comunes.
En efecto, el incremento en el recargo por trabajo en domingos y festivos también podría tener un impacto significativo en las finanzas de las empresas, especialmente en sectores que operan continuamente durante estos días, como el comercio y los servicios. El recargo del 100% duplicaría el costo laboral de estas jornadas, lo que podría generar debates sobre su viabilidad económica para ciertos empleadores.
El recargo festivo también fue aprobado

A propósito, en la plenaria se aprobó el artículo 15 que establece un recargo del 100 % sobre el salario ordinario para los trabajadores que laboren los domingos o días festivos. Este incremento se aplicará en proporción a las horas trabajadas, sin afectar el salario ordinario que corresponde por haber cumplido con la jornada laboral completa durante la semana.
Inicialmente, se había planteado mantener el recargo en un 75 % para los días festivos, argumentando que Colombia es uno de los países de la región con mayor cantidad de días festivos. Sin embargo, esta propuesta no fue aceptada, y se optó por implementar el aumento al 100 %, aunque de manera gradual. Según lo aprobado, el recargo será del 80 % a partir del 1 de julio de 2025, subirá al 90 % el 1 de julio de 2026 y alcanzará el 100 % el 1 de julio de 2027.
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