El Tribunal del Atlántico ordenó la suspensión temporal del cobro por valorización en la vía Cartagena - Barranquilla - Circunvalar de la Prosperidad, tras admitir una demanda presentada por el senador del Centro Democrático, Carlos Meisel.
Esta decisión, el 29 de mayo, exige que el Instituto Nacional de Vías (Invías) lleve a cabo un proceso de socialización con audiencias públicas, en el que se involucre a la ciudadanía, organizaciones sociales, gremios y entidades públicas y privadas de los municipios afectados.
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Según detalla el fallo, celebrado por los congresistas de la bancada costeña, estas audiencias tienen como objetivo informar y recibir retroalimentación respecto a los criterios y elementos técnicos para definir la distribución y liquidación del gravamen. Entre estos criterios se destacan los estudios socioeconómicos, la metodología para calcular beneficios individuales, la zona de influencia, la capacidad de pago de los contribuyentes y la base gravable sobre la cual se definió este tributo.

El tribunal estipuló que este proceso debe desarrollarse en un plazo total de tres meses, luego de los cuales se permita que cualquier persona interesada presente observaciones, réplicas o alegaciones. Además, el fallo dispone que Invías deberá divulgar la convocatoria para estas audiencias de manera amplia, con la utilización de medios de comunicación nacionales y locales, junto con las páginas oficiales del Instituto y de las poblaciones afectadas.
Son ellas las ciudades de Cartagena y Barranquilla, y los municipios de Santa Catalina, Puerto Colombia, Soledad, Juan de Acosta, Piojó, Galapa y Tubará, en los departamentos de Atlántico y Bolívar. La difusión, en consecuencia, tendrá una duración de dos meses previos al inicio de las audiencias.
Los motivos de Carlos Meisel que llevaron al trascendental fallo en el Tribunal del Atlántico
En sus argumentos, el senador Meisel afirmó que el cobro había sido implementado “sin observar los requisitos legales mínimos”. Y entre sus quejas afirmó que no se publicó un censo predial técnico y actualizado, que no se socializó adecuadamente la metodología para determinar la base gravable y que, aunque el proyecto fue presentado como una doble calzada, “más del 60% fue ejecutado como calzada sencilla”. Estas fallas, según el parlamentario, vulneran los derechos de los ciudadanos y las comunidades afectadas.

El fallo en mención estableció que, tras la realización de las audiencias, cualquier observación o alegación recibida deberá ser considerada en un informe final elaborado por Invías dentro de los dos meses siguientes al cierre del proceso participativo. Este informe, además, deberá incluir respuestas explícitas a todas las inquietudes presentadas por las personas naturales y jurídicas participantes, según se reseñó en diferentes medios de comunicación que hicieron eco de esta decisión judicial.
Con esta determinación, el tribunal buscaría garantizar la transparencia en la implementación del cobro de valorización y asegurar que las comunidades de los siete municipios y dos distritos tengan la oportunidad de participar en un diálogo informado.
En consecuencia, con la medida provisional se habría respondido al cuestionamiento sobre la legalidad del procedimiento anterior para establecer el gravamen, pues debe asegurarse de que se cumplan todos los requisitos estipulados en la normativa vigente.

El fallo también refiere que este proceso de socialización es indispensable para explicar e informar sobre la fundamentación técnica y socioeconómica detrás del cobro, al enfatizar que esta contribución afecta directamente a quienes se encuentran en la zona de influencia.
“La convocatoria será por el término de dos meses y será publicada por un medio de comunicación nacional, un medio de comunicación local (y otras plataformas oficiales)”, se leyó en un extracto del texto judicial.
Aunque no se especificó una fecha exacta para la reanudación del cobro, la suspensión permanecerá vigente hasta que se agote el proceso participativo y se emita el informe final por parte de Invías. Este procedimiento tiene el potencial de modificar la forma en que se aplicará el gravamen y garantizar que se corrijan cualquier irregularidad señalada por las comunidades y las autoridades locales; sin duda un revés para la implementación del proyecto, como era el deseo del presidente Petro, y de sus funcionarios.
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