
Tras las jornadas de paro nacional, convocadas por las centrales obreras en apoyo a la consulta popular impulsada por el Gobierno nacional, el presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Fabio Arias, reconoció que una de las estrategias fue bloquear las vías del TransMilenio en Bogotá.
Como respuesta inmediata, TransMilenio denunció al presidente de la CUT, manifestando que “las acciones reconocidas por el señor Arias alteraron el orden público y pusieron en riesgo la seguridad y movilidad de los ciudadanos”.
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En la denuncia, publicada por el sistema integrado, se expone que más de dos millones de usuarios se vieron afectados por los bloqueos; además de que 11 buses fueron vandalizados, provocando una perdida general de más de $5.400 millones para la empresa privada.
Por todo ello, la denuncia contra Fabio Arias es por los delitos de instigación a delinquir, daño en bien ajeno agravado, perturbación en servicio público de transporte público y obstrucción a vías públicas que afecten el orden público.
Las posibles consecuencias

En diálogo con Infobae Colombia, el abogado Rogelio Roldán analizó el caso, los hechos registrados y las posibles consecuencias que podría repercutir en contra del presidente de la CUT.
“Para dar respuesta, se debe abordar desde una óptica desde la constitución, ya que en el artículo 37 está el derecho que tenemos todas las personas de reunirnos y hacer manifestaciones, pero estas deben ser pacíficas y sin afectar a terceros. Ese derecho de la protesta social, no se entiende como algo violento, se tiene derecho a hacer saber una inconformidad, ese es el derecho”.
A nivel general, Roldán indicó que si se confirma que se registró un crimen, el más grave es el de instigación a delinquir, que castiga con penas de tres a doce meses de prisión y una multa de hasta 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
“Cuando se desborda, hay lugar a diferentes conductas. Dependiendo de la fiscalía, y con una investigación, adecuar la conducta, para eso hay un catálogo muy amplio que se puede adecuar, uno de los más sonados es el de instigación a delinquir, que es el que públicamente incite a otros a delinquir, esa invitación tuvo que haber sido pública y directa”.

Hablando de los detalles del caso que se podría registrar, el jurista explicó que la fiscalía debe demostrar que los bloqueos fueron provocados directamente por una petición o mensaje por parte de Arias de delinquir.
“Se ha dicho que esta persona invitó a hacer un paro en el TransMilenio, pero acá se debe analizar otra conducta, que es la contenida en el artículo 53 del Código Penal, que es perturbación en transporte público, que es cuando se daña o no se permite el avance de un transporte destinado al público. Si con esta declaración, otras personas impidieron el paso de los articulados, ahí se materializó la comunicación efectiva de delinquir”.
En ese aspecto, Roldán explicó que la clave del caso es que se pueda confirmar que en realidad el mensaje de Arias fue el condicional de los hechos vandálicos que se registraron en Bogotá.
“La fiscalía debe asumir y probar que las personas tuvieron oportunidad de escuchar la invitación que hizo el presidente de la CUT, porque se trata de un delito de mera conducta, ese sería el marco en el que se puede mover, además de otras conductas que pueden ser expuestas en el caso”

Por último, al hacer un análisis personal del caso, Roldán indicó que la defensa de Arias tiene un camino factible para demostrar que no se registró una instigación a delinquir.
“Se puede hablar de dolo, si esto era social, porque hace falta el conocimiento y la voluntad. También se puede hablar de que no hubo instigación directa, porque fue un llamado a la protesta, pero no a cometer delitos”.
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