Demandas que hay contra la reforma pensional de Gustavo Petro en la Corte podrían caerse por “jugadita” de un ciudadano

La disposición obliga al alto tribunal a consolidar los procesos que hay y que registren coincidencias, ya sean parciales o totales, en los textos demandados

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Está previsto que la reforma
Está previsto que la reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro entre en vigor el 1 de julio de 2025 - crédito Mauricio Dueñas Castañeda/EFE

Un ciudadano solicitó a la Corte Constitucional acumular 23 demandas relacionadas contra la Ley 2381 de 2024, “por medio de la cual se establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, la Invalidez y la Muerte”, más conocida como reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro, en un único expediente. En su recurso argumentó que la medida está sustentada en el artículo 5 del Decreto 2067 de 1991.

Según el accionante, la disposición obliga al alto tribunal a consolidar las demandas que presenten coincidencias, ya sean parciales o totales, en los textos demandados, y busca evitar un “enorme desgaste para la rama judicial” y decisiones contradictorias entre casos similares.

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El proceso que está más avanzado en la actualidad, liderado por el magistrado Jorge Ibáñez, podría ser el primero en ser resuelto; lo que podría generar un precedente en medio de las múltiples impugnaciones legales que se impusieron contra la ley.

La Corte Constitucional actúa como
La Corte Constitucional actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del Estado - crédito Corte Constitucional.

Enorme desgaste de la Corte Constitucional

Del mismo modo, el accionante dijo que la acumulación ayudaría a optimizar recursos y acelerar los tiempos procesales. “Someter a la Corte Constitucional a fallar cada una de las 20 demandas, que hasta hoy se han radicado, constituye un enorme desgaste para la Rama Judicial”, afirmó. Además, el ciudadano denunció inconsistencias en las decisiones de la Corte, por lo que señaló que algunas demandas fueron consolidadas de manera previa, mientras que otras no.

Las acciones, según el demandante, vulneran el debido proceso consagrado en el artículo 29 de la Constitución.

Y es que la reforma, la única de las tres grandes propuestas sociales impulsadas por el Gobierno que por ahora logró avanzar en el Congreso de la República, entraría en vigencia el 1 de julio de 2025. Sin embargo, desde la aprobación en junio de 2024, la normativa ha sido objeto de múltiples impugnaciones, principalmente, por presuntos vicios en el trámite legislativo.

Uno de los reclamos más destacados señala que la reforma no fue objeto de un cuarto debate en la plenaria de la Cámara de Representantes, al optarse por aceptar el texto aprobado en el Senado, aspecto criticado por los opositores por considerarlo inconstitucional.

La oposición insiste en que
La oposición insiste en que la reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro no tuvo suficiente debate en el Congreso de la República - crédito Colprensa

La demanda que más va adelantada sobre la reforma pensional

La demanda de la senadora Paloma Valencia, que hace parte del Centro Democrático, y la primera en ser presentada contra esta ley, se encuentra en la etapa más avanzada.

El magistrado Ibáñez presentó, el 14 de febrero de 2025, una ponencia que recomendaba declarar inexequible la totalidad de la Ley 2381 de 2024, al considerar que hubo incumplimiento del requisito de doble instancia en el trámite legislativo. Sin embargo, la ponencia quedó invalidada debido a un procedimiento erróneo del tribunal, ya que no resolvió un impedimento presentado por la magistrada Diana Fajardo en septiembre de 2024 antes de continuar el análisis del caso.

Dicho error procesal llevó a una revisión completa del expediente. El procurador General de la Nación, Gregorio Eljach, presentó un concepto que contradice la postura de su predecesora, Margarita Cabello: que había solicitado el hundimiento de la reforma. Eljach, en cambio, recomendó a la Corte Constitucional declarar exequible la ley, con el argumento de que el proceso legislativo se desarrolló conforme al marco legal establecido.

Uno de los puntos críticos señalados por el accionante es la falta de claridad en los criterios empleados por la Corte para aceptar o rechazar la acumulación de demandas.

Jorge Ibáñez es magistrado de
Jorge Ibáñez es magistrado de la Corte Constitucional - crédito Camila Díaz/Colprensa

Sin justificación clara

Según el ciudadano, decisiones pasadas no cuentan con una justificación clara. “Simplemente, aparece en los procesos acumulados la anotación: ‘la Sala Plena dispuso acumular el presente proceso al radicado…’”, agregó. Además, advirtió que de no atenderse su solicitud, podría interponerse una nulidad en contra de lo actuado por el tribunal constitucional, basándose en la violación al debido proceso.

Y es que el procedimiento podría extenderse aún más si desde la corte se decide no resolver la acumulación o persiste en tramitar las quejas de manera separada. Esto podría impactar en el estudio de una ley que, según críticos, aún enfrenta profundas divisiones entre el sector político y jurídico. La expectativa alrededor del fallo radica en que esta decisión tendrá implicaciones directas en la implementación de la reforma pensional y en el precedente que siente sobre el cumplimiento de las fases legislativas en el país.

Para asegurar el cumplimiento legal del artículo 5 del Decreto 2067 de 1991, el ciudadano reiteró una solicitud hecha tanto en febrero como en marzo de 2025, sin obtener hasta el momento una respuesta de fondo. Asimismo, resaltó que no ordenar la acumulación entre las demandas relacionadas podría perpetuar la vulneración de principios como la igualdad procesal y la celeridad.

Así las cosas, el accionante insiste en que el alto tribunal debe priorizar decisiones unificadas para evitar duplicidad de sentencias y actuaciones legales innecesarias.

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