
La Corte Constitucional de Colombia avaló parcialmente el decreto que declaró el estado de conmoción interior en el Catatumbo y en los municipios de Río de Oro y González, en el departamento del Cesar. La decisión del tribunal valida las medidas relacionadas con la crisis humanitaria y los enfrentamientos recientes entre el ELN y las disidencias de las Farc, pero rechaza aquellas que abordan problemas estructurales de larga data en la región. Esto implica que varios decretos legislativos emitidos durante el estado de excepción podrían ser declarados inexequibles.
La Corte determinó que el estado de conmoción interior no puede ser utilizado para resolver cuestiones históricas como la presencia de grupos armados, los cultivos ilícitos, las deficiencias en la implementación del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (Pnis), las necesidades básicas insatisfechas de la población o los daños a la infraestructura. Estas problemáticas, según el tribunal, deben ser abordadas a través de mecanismos ordinarios y no mediante medidas excepcionales.
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Los decretos que se caerían:
Entre los decretos que podrían ser anulados se encuentra el Decreto 180, que establece medidas excepcionales para desvincular a familias de los cultivos ilícitos y fomentar su transición hacia economías legales. De acuerdo con el Gobierno, esta medida ha beneficiado a 2.701 núcleos familiares mediante pagos humanitarios condicionados. Otro decreto en riesgo es el 134, que restringe la comercialización y circulación de sustancias químicas utilizadas en la producción de clorhidrato de cocaína. El Ejecutivo había argumentado que estas restricciones son esenciales para combatir el financiamiento de organizaciones armadas ilegales.
El decreto 121, que otorga facultades al Ministerio de Vivienda para ejecutar directamente proyectos de agua potable y saneamiento básico en zonas afectadas por alteraciones del orden público, también podría ser declarado inexequible. Según el Gobierno, esta medida busca garantizar la continuidad en la prestación de servicios esenciales en áreas donde las condiciones de seguridad han dificultado su acceso.
La ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, expresó que las medidas relacionadas con la atención de la crisis humanitaria y el retorno seguro de las comunidades desplazadas podrían mantenerse vigentes. Sin embargo, advirtió que esto requiere despojar a los grupos criminales de sus economías ilícitas y mantener restricciones sobre precursores químicos y combustibles utilizados en actividades de narcotráfico. Buitrago aseguró que estas acciones son fundamentales para garantizar que las comunidades puedan regresar a sus territorios sin el riesgo de ser nuevamente desplazadas por la violencia.

En cuanto a las medidas tributarias adoptadas durante el estado de conmoción, el futuro de estas disposiciones también está en discusión. Entre ellas se encuentran un impuesto al valor agregado (IVA) del 19% sobre los juegos de suerte y azar, así como un impuesto especial del 1% sobre la extracción de hidrocarburos y carbón en el Catatumbo. El exmagistrado Carlos Alberto Zambrano aseveró que estas normas podrían desaparecer si no están directamente relacionadas con la crisis humanitaria o los enfrentamientos armados. No obstante, la ministra Buitrago defendió la necesidad de mantener estos recursos extraordinarios para financiar la presencia de la fuerza pública en la región.
De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), las medidas tributarias adoptadas mediante el Decreto 175 de 2025 seguirán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2025. En los dos primeros meses de la declaratoria, el recaudo de estos impuestos alcanzó los $108.933 millones. Aunque el Gobierno no especificó cuánto esperaba recaudar en total, fuentes del Ministerio de Hacienda, según El Tiempo, estimaron que la cifra podría rondar los $3 billones durante toda la vigencia fiscal.

El estado de conmoción interior, declarado por el Gobierno del presidente Gustavo Petro, no fue prorrogado más allá de los tres meses iniciales en el Catatumbo, Cúcuta y los municipios del Cesar. Sin embargo, se extendió la vigencia de 11 decretos legislativos relacionados con la crisis humanitaria y la violencia en la región. Entre estas medidas se incluyen la creación de un comandante único para el Catatumbo, un plan de sustitución de cultivos ilícitos y la prohibición del traspaso de tierras en las zonas afectadas.
El abogado Iván Cancino destacó que la decisión de la Corte impone serios condicionamientos al Gobierno, subrayando que no puede abusar de la figura del estado de excepción para abordar problemáticas estructurales. Según Cancino, esta herramienta debe limitarse a situaciones de crisis humanitaria y de orden público, como el desplazamiento masivo y los enfrentamientos armados.
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