
A pesar de que en Colombia existe la libertad de culto, la mayoría de las personas residentes en el territorio nacional tienen algún tipo de creencia religiosa, siendo el catolicismo el que mayor porcentaje tiene en la actualidad.
Es por ello por lo que Semana Santa, que es cuando se conmemora la vida, muerte y resurrección de Jesucristo, sigue siendo una época del año en la que gran parte de la ciudadanía reflexiona sobre sus actos y asiste a ceremonias religiosas de esa índole.
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Teniendo en cuenta esto, son múltiples las preguntas que se tienen sobre el comportamiento indebido que se puede registrar en estos eventos por parte de creyentes o de personas que no siguen ningún tipo de religión, y si estos pueden ser considerados un delito.
En diálogo con Infobae Colombia, el abogado Jonny Sneider Villegas, de la firma LegalPro, habló sobre los crímenes asociados a la religión que existen en Colombia y cómo era esta situación antes del cambio de la constitución en 1991.

En primer lugar, el jurista explicó que desde 1991 en Colombia no se puede discriminar a una persona por el tipo de creencia que tenga.
“En Colombia la relación entre justicia y religión está ligada a la constitución, que en 1991 regularon las prácticas y las actividades religiosas, entendiendo que desde ese año hablamos de libertad de culto, esa garantiza que las personas tienen la libertad de practicar la religión de su elección y no ser discriminadas por sus creencias”.
De la misma forma, recordó antes del cambio de constitución el Estado estaba ligado a la Iglesia católica, que es algo que aún se registra en otras naciones.
“A partir de la constitución se registró una separación entre la Iglesia y el Estado, lo que no se registraba antes con la constitución del 86, que tenía como religión a la Iglesia católica. Hoy lo sigue teniendo, pero el Estado ahora no se debe a ninguna religión. El registro de los cultos también existe, hoy deben estar registradas y reconocidas, lo que permite que tengan beneficios en los impuestos”.

Entendiendo los cambios registrados, el abogado indicó que en la actualidad no es legal obligar a que los menores tengan clases de religión, puesto que estas deberán de ser aprobadas por sus padres o tutores.
“Existe la educación religiosa, pero ahora las familias pueden escoger si quieren participar de esas clases, los colegios deben respetar eso. Estos cambios han hecho que se establezcan instituciones religiosas que son privadas, ellas ya pueden poner su reglamento”.
Enfocándose en los posibles crímenes ligados a la religión, el Villegas indicó que hay cuatro tipos de acciones indebidas, pero solo una tiene como consecuencia la privación de la libertad. Los delitos mencionados son:
- Violación a la libertad religiosa: Es cuando alguien ejerce violencia sobre otra persona para cumplir actos religiosos o lo contrario, puede terminar con un castigo de 16 a 36 meses de prisión.
- Impedimento y perturbación de actividades religiosas: Es cuando una persona interrumpe una ceremonia de cualquier culto permitido, puede ser multado.
- Daños a cosas destinadas al culto: Se registra cuando una persona daña objetos o símbolos de un culto establecido y reconocido, el culpable recibirá una multa por su accionar.
- Irrespeto a cadáveres: Que es cualquier tipo de comportamiento indebido con un cuerpo, que según el jurista se registra cotidianamente en el país por prácticas satánicas.

Al explicar el delito de daños a cosas destinadas al culto, el abogado indicó que este incluye protección a personas que busquen exponer su creencia, dando un ejemplo de ello.
“Es como cuando están los testigos en el barrio, no porque ellos ofrezcan sus clases y servicios en la calle, eso da derecho de que alguien los pueda agredir”.
Por último, recordó que hay tipos de creencias que siguen sin ser reconocidas en el país, por lo que no son protegidas por la ley bajo los términos argumentados.
“Los que no hacen parte de las comunidades laicas, en Colombia estos no han sido reconocidos, aunque ellos consideren que tienen derechos con adoración al diablo o el demonio, pues no son destinatarias a estas leyes”, puntualizó.
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