
En los últimos años, las políticas de protección animal crecieron mucho por el aumento de mascotas en los hogares del país, así como los casos de maltrato en las regiones y que han provocado rechazo en la población, al punto de aprobarse leyes de la república que los amparan.
Liz Rozo, abogada penalista, habló en entrevista con Infobae Colombia sobre la normativa de protección animal, así como las sanciones y penas para las personas que cometan delitos al respecto.
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Sumado a eso, en el Congreso siguen cursando iniciativas para ayudar a las mascotas, una de ellas con respecto al uso de perros en las labores de vigilancia, que se unirá a una de las más conocidas como es la prohibición de la tauromaquia en Colombia, que causó mucha discusión.
Infobae: Antes de la ley Ángel, ¿qué otras normas existían en Colombia contra el maltrato animal?
Liz Rozo: La ley 1774 fue promovida a partir de 2016 y buscaba sanciones para personas que maltrataran a los animales, establecieran o incurrieran en algún daño a la integridad de ellos. A partir de la ley Ángel, que se acaba de aprobar por la Presidencia de la República, lo que se busca es endurecimiento de penas y que tengan un proceso penal vigente, que el maltrato animal sea contemplado como delito directamente.
¿Cómo entra ahora la ley Ángel?
Busca endurecimiento de penas y, digamos, contemplación de delitos. O sea, que se contemple como si fuera delito, no solamente para mascotas, digamos de uso doméstico como perros, gatos y loros, sino también para fauna silvestre, que hacen parte del campo, vacas, caballos. También el uso de toros para tauromaquia o espectáculos de tortura. Y lo que busca esta ley es que personas que incurren en el delito de maltrato animal, sean contempladas y investigadas directamente por la Fiscalía dentro de un proceso penal.

¿La norma también abarca espectáculos con animales?
Ahora con la ley Ángel se robustece el tema de que ya no solamente espectáculos con toros, sino todo lo que tiene que ver con galleras, peleas de gallos, peleas de perros que son muy clandestinas, todo lo que tiene que ver con corralejas, uso de caballos, por ejemplo, para espectáculos sanguinarios, todo eso está abolido y también algunas cosas que vienen conforme a eso, otros avances jurídicos como por ejemplo la prohibición de tracción animal.
¿También se contemplan sanciones para personas con mascotas de raza peligrosa, que ataquen a otros animales o ciudadanos?
En eso ya se habla de un tema de responsabilidad civil extracontractual, ya es un tema más civil que penal. Hay leyes o estatutos animales que, por ejemplo, categorizan a algunos perros como potencialmente peligrosos como, por ejemplo, de raza pitbull, algunas derivaciones del pastor alemán, mientras que todos lo demás, que se consideran que no son potencialmente peligrosos, pueden estar sin bozal en la calle. Pero los que se entiende que en algún momento pueden atacar a un ser humano o a otros animales, están categorizados dentro de una normativa en donde se les da esa calidad y los tenedores, es decir, los dueños, sí tienen que ser responsables de ellos, portar con bozal y todo lo demás.
Lo penal es distinto de lo civil. He visto también sanciones que se le interponen a personas que cargan el animal y lastima un niño, muerde un bebé, todo ese tipo de cosas hace parte de la responsabilidad civil. Incluso, he escuchado de seguros en donde si soy dueña de cualquier animal que esté categorizado como potencialmente peligroso, yo tengo que responsabilizarme y si ese animal ataca a otra persona y le quita por ejemplo un miembro a otra persona, no sé, o lo hiere en su integridad, asumo un proceso de responsabilidad civil extracontractual.
Digamos que es muy importante tenerlo en cuenta porque no solamente los seres humanos son afectados. Cualquier otro perro que de pronto se le acerque al animal que es potencialmente peligroso, puede tener daños, sea un perro o un gato.

¿Qué otras leyes o proyectos existen para la protección de los animales?
Volviendo al marco normativo que protege a los animales en Colombia, partamos de la Ley 1774 de 2016, que por primera vez contempla que los animales son seres sintientes, sufren daños en su integridad, también emocionales y morales. La ley Ángel fortalece las penas contra maltratadores de animales. La ley es completamente amplía, favorece y protege a todos los animales que sean víctimas potenciales de algún tipo de maltrato.
Hay otras leyes que están cursando, que todavía no han sido aprobadas, pero que también son muy importantes de resaltar, como por ejemplo una que se le brinda atención y prioridad a animales que están destinados para la vigilancia. Son utilizados para detectar, por ejemplo, estupefacientes, presencia de cocaína, de heroína o marihuana en los aeropuertos.

¿De qué trata ese proyecto para los animales de vigilancia?
El canino es utilizado para proteger centros comerciales, conjuntos residenciales, es un activo y hace parte de la empresa, incluso de la nómina de la empresa, porque claramente requiere de unos cuidados y se le entrega a la persona de vigilancia, al celador, al supervisor, para que lo proteja y cumpla su función de acompañarlo, detectar movimientos atípicos, ladrones, estupefacientes, armas, explosivos. Está en el Congreso de la República un proyecto justamente que entabla o enmarca que esos animales gozan de especial protección y que a partir de determinados años ya se pueden jubilar.
Primero, saber que se puede retirar en algún momento que ya no tiene que trabajar, algo así como una pensión. Y segundo, que goza también de especial protección, porque si bien detecta explosivos y todo lo demás, también tiene jornadas extensas con el celador, con el guarda de seguridad de ocho, 12, 13, 14, 15 horas. Entonces el canino también tiene sus derechos adquiridos a través de esta ley.
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