
La reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro, que entraría en vigor el 1 de julio de 2025, sigue generando controversia tanto en el ámbito político como en el jurídico. Ahora, la demanda presentada por la senadora Paloma Valencia, del Centro Democrático, contra esta ley enfrenta una nueva complicación, después de que un ciudadano, identificado como Elson Rafael Rodríguez, solicitó a la Corte Constitucional la nulidad del proceso que hasta este momento revisa el presidente del alto tribunal, Jorge Enrique Ibáñez.
La base del argumento de Rodríguez apunta a una presunta violación al debido proceso y a una posible falta de imparcialidad durante el análisis del caso.
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En esta petición, el ciudadano expuso que la posible recusación contra el magistrado Ibáñez radica en que, el 14 de febrero de 2025, presentó su ponencia sobre la demanda, lo que, según el solicitante, podría comprometer la imparcialidad.

“La ley ha establecido como causales de impedimento y recusación ‘haber conceptualizado sobre la constitucionalidad de la disposición demandada’”, se menciona en el documento radicado. Además, Rodríguez, de acuerdo con el documento conocido por Semana, afirmó: “Las actuaciones posteriores a esa fecha hasta el momento de declarar fundado el impedimento están cobijadas por una nulidad insubsanable, como lo establece el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 48 del Decreto 2067 de 1991“.
Impedimento de Gregorio Eljach
Por otro lado, la misma Corte Constitucional desestimó un impedimento presentado por el procurador general, Gregorio Eljach, para emitir concepto respecto a la demanda interpuesta contra la reforma. La demanda fue radicada por el representante a la Cámara Carlos Edward Osorio, del Centro Democrático, con el argumento de que el trámite legislativo de la reforma, llevado a cabo el 14 de junio de 2024, habría incurrido en vicios de procedimiento.
Osorio asegura que el artículo 157 de la Constitución fue vulnerado, por lo que señaló que no se garantizó la deliberación ni la publicidad del proyecto, además de limitar las modificaciones que pudo proponer la Cámara de Representantes sobre el texto.
En cuanto al pronunciamiento de la Corte frente al impedimento de Eljach, este fue declarado “infundado” por considerar que no existía justificación suficiente para demostrar una afectación a la imparcialidad del procurador. En su fallo, la Corte resaltó que los hechos alegados por el procurador, relacionados con su rol anterior como secretario general del Senado durante la formación de la ley, no comprometen su capacidad para emitir concepto en el presente caso.
El tribunal explicó: “Aceptar el impedimento planteado por el procurador, debido a sus funciones en el Senado, abriría la puerta a que se le excluirá de cualquier asunto legislativo que haya pasado por esta corporación, lo cual desvirtúa los principios de taxatividad e interpretación de las causales de impedimento”.
Ponencia anulada de manera temporal
Por su parte, la ponencia presentada en febrero por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez fue anulada de manera temporal por la Sala Plena de la Corte el 26 de febrero de 2025, a la espera de que el procurador haga su aporte al caso. Sobre este punto, la respuesta a las solicitudes de nulidad ya fue notificada a la Procuraduría General.

El ciudadano Rodríguez además, de acuerdo con el medio, pidió que se declare nula toda actuación en el proceso desde el 16 de septiembre de 2024, fecha en que, según él, no se resolvió de manera oportuna el impedimento presentado por la magistrada Diana Fajardo. Dicha solicitud agrega un nuevo capítulo a la controversia jurídico-política en torno a la reforma pensional. Rodríguez afirmó en el documento enviado a la Corte que: “Los resultados de las intervenciones, en caso de llevarse a cabo la audiencia pública solicitada por varios ciudadanos, seguramente no van a cambiar la posición plasmada en el proyecto de fallo registrado”.
Vacíos constitucionales y problemas de procedimiento
Cabe recordar que, los cuestionamientos al proyecto de la reforma no son recientes. Los que critican el articulado señalan que, desde el momento en que fue debatido en el Congreso, este contiene vacíos constitucionales y problemas de procedimiento.
Desde la oposición al Gobierno Petro, en particular el Centro Democrático, se enfatizó que durante el trámite legislativo no se permitió un debate adecuado ni la incorporación de enmiendas que respondieran a las inquietudes surgidas en la Cámara. Estas críticas fueron formalizadas de forma legal por medio de la demanda de Carlos Osorio.
Así las cosas, el fallo definitivo de la Corte Constitucional será determinante para esclarecer las implicaciones reales de la acusación de nulidad y los presuntos vicios de procedimiento en el trámite de la norma. De momento, se mantiene la expectativa sobre el concepto del procurador Gregorio Eljach y el curso que puedan tomar las recusaciones y solicitudes presentadas.
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