
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) concedió la libertad transitoria y condicionada a Carlos Alberto Pulgarín Ramírez, un exsoldado del Ejército condenado en la justicia ordinaria por el delito de acceso carnal violento contra una mujer indígena del pueblo Nasa, que ocurrió en el año 2009.
La decisión fue tomada por la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz, que revocó una resolución anterior que negaba este beneficio.
Según la JEP, Pulgarín Ramírez cumplió con los requisitos legales para su sometimiento a la jurisdicción especial, incluyendo el reconocimiento de su responsabilidad en los hechos y su compromiso con la reparación integral de la víctima y su comunidad.
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Además, según comunicó W Radio, la decisión señala que el exmilitar deberá participar en actividades de memoria histórica y presentar informes periódicos sobre su compromiso con la construcción de paz.
No obstante, las autoridades verificaron su proceso, en el que “se atendió a la naturaleza de los hechos y se atienden las garantías de no repetición, con un enfoque étnico, territorial y de género”, como citó el medio.
En el fallo se enfatiza que la libertad transitoria “no implica la ausencia de consecuencias legales ni el cierre del proceso de esclarecimiento”, sino que está sujeta a un régimen de condicionalidad que el compareciente debe acatar estrictamente.
Cualquier incumplimiento de estas condiciones podría derivar en la revocación del beneficio y su reclusión en un centro carcelario, como publicó el medio.
Detalles de la agresión sexual
El caso por el que Pulgarín Ramírez fue condenado ocurrió el 10 de junio de 2009 en la vereda La María, municipio de Jambaló, Cauca.
La víctima, perteneciente a una comunidad indígena, fue interceptada por soldados del Batallón Pichincha de Cali, quienes le retuvieron su cédula y la sometieron a agresiones sexuales.

De acuerdo con el expediente, citado por el medio radial, inicialmente fue violada por el soldado Héctor Luján Sánchez, también acogido en la JEP, quien, según la víctima, tenía “un fuerte olor a marihuana” y le dijo: “las indias son bobas”. Horas después, el soldado Pulgarín Ramírez también la accedió carnalmente.
El fallo judicial recoge el testimonio de la víctima, quien relató que “llega el otro militar y la empuja a una alcantarilla que hay en el sector, con un alambre de púas se raya la mano, y también la accede carnalmente, este sujeto estaba prestando guardia y corresponde al señor Carlos Alberto Pulgarín Ramírez”.
Además, se conoció que un soldado de apellido Torres intentó sobornarla con cien mil pesos para que no denunciara.
Cuando ella se negó, fue desplazada forzosamente y su hermano fue asesinado como forma de presión para que retirara la denuncia. “(...) el día del velorio le dijeron que si no retiraba la denuncia le matarían a su mamá”, señala el fallo.

Pulgarín Ramírez se había sometido a la JEP en 2021
Pulgarín Ramírez fue condenado en 2017 por un crimen ocurrido en 2009 en el resguardo indígena de Jambaló, Cauca. De acuerdo con el expediente, la víctima fue retenida cuando transitaba por un contingente militar. Inicialmente, fue agredida por el soldado Héctor Elías Luján Sánchez, quien, según el testimonio de la mujer, estaba bajo los efectos de sustancias psicoactivas y la menospreció por su origen indígena. Posteriormente, Pulgarín Ramírez también cometió la agresión.
Ese año, el Tribunal Superior de Popayán agravó la condena contra Pulgarín Ramírez y Luján Sánchez, aumentando su pena de 13 a 16 años de prisión intramural. El fallo destacó la gravedad del crimen y el impacto psicológico irreversible en la víctima, además de las circunstancias en las que se perpetró el abuso: un paraje oscuro y desolado, con hombres fuertemente armados que infundieron terror en la comunidad.

La investigación judicial reveló que otros militares fueron testigos de los hechos y, en lugar de auxiliar a la víctima, intentaron sobornarla para que no denunciara. Al no aceptar el dinero ofrecido, la mujer sufrió represalias que incluyeron amenazas de muerte, desplazamiento forzado y el asesinato de su hermano.
Obligaciones por parte de la JEP
En su sometimiento a la JEP en el año 2021, el exsoldado fue requerido para aportar información clave sobre la participación y omisión de otros uniformados en estos hechos, así como esclarecer si hubo correctivos por parte de sus superiores. Además, desde entonces, se le había exigido brindar detalles sobre otros posibles casos de violencia sexual ocurridos en la región bajo la presencia de tropas militares.
Este caso es parte de una investigación más amplia que adelanta la JEP sobre hechos de violencia cometidos en el Cauca, en los cuales se han identificado patrones de agresiones contra comunidades indígenas en el marco del conflicto armado. La jurisdicción especial ha reiterado su enfoque étnico, territorial y de género en el proceso de esclarecimiento de la verdad y la reparación de las víctimas.
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