
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) otorgó reconocimiento como víctima colectiva a la comunidad del corregimiento de El Aro, en Ituango, Antioquia, tras la masacre ocurrida en octubre de 1997.
Este hecho, perpetrado por paramilitares del Bloque Mineros de las AUC, dejó profundas secuelas en la población y es investigado dentro del Caso 08 del tribunal.
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El colectivo Sujeto de Reparación Colectiva (SRC) de El Aro solicitó su acreditación argumentando que la comunidad sufrió múltiples afectaciones, incluyendo desplazamiento forzado, homicidios, agresiones sexuales y la destrucción casi total del caserío. Según la petición presentada, muchas de las familias que huyeron jamás regresaron, pues el territorio no ofrecía garantías de seguridad para su retorno.
En la documentación entregada a la JEP, se señala que la incursión paramilitar, presuntamente con la complicidad de la Fuerza Pública, cobró la vida de campesinos como Omar de Jesús Ortiz Carmona, Fabio Antonio Zuleta Zabala, Arnulfo Sánchez Álvarez, Iván Gutiérrez Nohavá, Olcrisfail Díaz Pérez, José Darío Martínez Pérez, Carlos Enrique Jaramillo Jaramillo, Alberto María Correa Sucerquia, el menor Wilmar de Jesús Restrepo Torres, Guillermo Andrés Mendoza Posso, Luis Modesto Múnera, Nelson de Jesús Palacio Cárdenas, Marco Aurelio Areiza Osorio, Elvia Rosa Areiza Barrera y Dora Luz Areiza Arroyave.
Además del asesinato de civiles, los paramilitares incendiaron viviendas, destruyeron cultivos y robaron ganado, generando una crisis humanitaria que obligó a la población a desplazarse masivamente. La comunidad también fue víctima de estigmatización, pues los victimarios justificaron la masacre bajo la acusación de que el corregimiento era un territorio afín a la guerrilla.
En la petición presentada ante la JEP, el colectivo expresó que los hechos ocurridos en El Aro “generaron múltiples afectaciones físicas y emocionales en los habitantes de dicha comunidad”, dejando secuelas que persisten hasta el día de hoy.
La JEP, tras evaluar la solicitud y la evidencia aportada, concluyó que la comunidad de El Aro debía ser reconocida como víctima colectiva, lo que le otorga la posibilidad de participar activamente en el Caso 08. Esto implica que el colectivo podrá presentar observaciones, interponer recursos y hacer seguimiento a la investigación en curso.
Según la documentación del tribunal, el reconocimiento también responde a los profundos efectos que la masacre tuvo en los vínculos comunitarios. “La masacre, el desplazamiento masivo, las agresiones sexuales y los otros actos cometidos provocaron intensos sentimientos de miedo, rabia, tristeza, en muchos casos sostenidos en el tiempo, dejando secuelas psíquicas. Condicionando también los vínculos entre las personas de la comunidad, los cuales se ven teñidos por estas emociones”, señala el expediente.
Con esta decisión, la JEP busca garantizar la participación de las víctimas en el esclarecimiento de los hechos y la búsqueda de justicia. Este proceso forma parte del esfuerzo del tribunal por documentar las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el conflicto armado y avanzar en la reparación integral de las comunidades afectadas.
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