Corte Suprema de Justicia condenó a 7 años de prisión al exgobernador de Vaupés Wilson Ladino Vigoya

La Corte condenó a 7 años y 8 meses de prisión al exgobernador por celebrar varios contratos que incumplieron los requisitos legales establecidos con la Red de Universidades Públicas del Eje Cafetero para el Desarrollo Regional

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Corte Suprema de justicia decidió condenar a siete años de cárcel a exgobernador del Vaupés - crédito REEUTERS/Luisa González

La Corte Suprema de Justicia sentenció al exgobernador de Vaupés Wilson Ladino Vigoya a 7 años y 8 meses de prisión tras hallarlo culpable del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales. Según la investigación, Ladino firmó varios contratos que no cumplían con las condiciones estipuladas en los acuerdos establecidos con la Red de Universidades Públicas del Eje Cafetero para el Desarrollo Regional, lo que llevó a la intervención de las autoridades judiciales en el caso.

De igual manera el alto tribunal abordó el caso de María Eugenia Jaramillo Hurtado, exencargada del Departamento de Vaupés, quien estuvo involucrada en el mismo proceso.

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La Corte Suprema de Justicia, en su sentencia del 12 de marzo de 2025, condenó al exgobernador de Vaupés, Wilson Ladino Vigoya, a 7 años y 8 meses de prisión, tras hallarlo culpable de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros. Estos cargos surgieron a raíz de la firma de varios contratos durante su mandato (2004-2007) que no cumplían con las condiciones legales establecidas en los acuerdos con la Red de Universidades Públicas del Eje Cafetero para el Desarrollo Regional.

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Corte Suprema de Justicia comparte la sentencia al exgobernador del Vaupés en su cuenta de X - crédito @CorteSupremaJ

Ladino Vigoya fue sentenciado por la comisión de delitos en concurso homogéneo y heterogéneo, relacionados con la falta de cumplimiento de los requisitos legales en la contratación pública y el uso indebido de fondos públicos en beneficio de terceros. La intervención de las autoridades judiciales en este caso subraya el compromiso con la legalidad y la transparencia en el manejo de recursos públicos.

Además de la sentencia de prisión, la Corte Suprema de Justicia condenó a Wilson Ladino Vigoya al pago de daños y perjuicios a favor del departamento de Vaupés, por un monto de $1.532.408.664,67. Esta cifra deberá ser actualizada al momento de su pago efectivo, como parte de la compensación.

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Corte Suprema de Justicia también informó que el exgobernador tendrá que responder por prejuicios económicos - crédito @CorteSupremaJ

“La Sala le impuso una condena de 94 meses de prisión, además de una multa de $302.527.933,62, inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 97 meses y 18 días. Igualmente, lo condenó al pago de daños y perjuicios a favor del departamento de Vaupés, por la suma de $1.532.408.664,67, valor que deberá ser actualizado al momento de su efectivo pago”, explicó la corte en su comunicado al respecto.

En su providencia, la Corte Suprema de Justicia negó a Wilson Ladino Vigoya la suspensión condicional de la pena privativa de la libertad y la prisión domiciliaria, por lo que deberá cumplir la pena impuesta en el establecimiento penitenciario que el Inpec designe. No obstante, según indicó la Corte en su comunicado, “Ladino Vigoya seguirá libre hasta que quede ejecutoriado el fallo de primera instancia”.

Asimismo, la Corte Suprema de
Asimismo, la Corte Suprema de Justicia decidió absolver a María Eugenia Jaramillo Hurtado de los cargos relacionados con contrato sin cumplimiento de los requisitos legales y peculado por apropiación en beneficio de Alma Mater - crédito Corte Suprema de Justicia

Asimismo, la Corte Suprema de Justicia decidió absolver a María Eugenia Jaramillo Hurtado de los cargos relacionados con contrato sin cumplimiento de los requisitos legales y peculado por apropiación en beneficio de Alma Mater. Además, declaró prescritas las acciones penal y civil por el delito de peculado por apropiación en favor de la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI), lo que llevó a la Corte a decretar la cesación del procedimiento en su favor.

El proceso judicial está vinculado con el convenio firmado entre junio y diciembre de 2005, en el que participaron Secab, la OEI y la Red de Universidades Públicas del Eje Cafetero para el Desarrollo Regional, Alma Mater. Estos acuerdos, denominados “convenios marco de cooperación”, fueron celebrados sin cumplir con los requisitos establecidos por la normatividad vigente sobre contratación pública interna.

En cumplimiento de los acuerdos, Wilson Ladino Vigoya firmó varias “cartas de acuerdo” con la SECAB entre julio y agosto de 2005, específicamente las Vaupés 001/05, Vaupés 002/05 y Vaupés 003/05. Posteriormente, en diciembre de ese mismo año, firmó con Alma Mater los convenios específicos de mandato sin representación CM-05-01-06 y CM-05-01-07. También, en los últimos días de 2006, celebró con la OEI los convenios específicos 009 y 012, continuando con el desarrollo de los compromisos asumidos a través de estos contratos.

Además, el 21 de diciembre de 2005, utilizando como instrumento a María Eugenia Jaramillo Hurtado, quien en ese momento ocupaba el cargo de Secretaria de Gobierno y Administración Departamental de Vaupés, Ladino Vigoya firmó varios “convenios específicos de mandato sin representación”. “Celebró los «convenios específicos de mandato sin representación CM-05-01-01 al CM-05- y el «convenio específico número 001» con la OEI”, explicó la Corte.