Corte Suprema se refirió a las tutelas que solicitan casa por cárcel para Epa Colombia: las estudiará de manera individual

La posibilidad de acumular estas solicitudes en un solo expediente fue evaluada por el despacho del magistrado Octavio Tejeiro Duque, quien el pasado 3 de marzo resolvió que cada una de estas acciones será revisada de manera independiente

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Grupos de apoyo conformados por
Grupos de apoyo conformados por trabajadores, amigos y seguidores han interpuesto al menos siete acciones de tutela ante la Corte, alegando que la reclusión en un establecimiento carcelario vulnera sus derechos fundamentales - crédito redes sociales

La Corte Suprema de Justicia tomó una decisión clave respecto a las múltiples acciones de tutela interpuestas en favor de la empresaria e influencer Daneidy Barrera Rojas, más conocida como ‘Epa Colombia’.

Estas solicitudes buscan que se le conceda la detención domiciliaria, argumentando su condición de madre cabeza de familia, pero el alto tribunal determinó que cada caso será analizado de manera individual en lugar de unificarlos en un solo proceso, según constató Semana, que tuvo contacto con fuentes directas del alto tribunal.

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Un caso que genera debate judicial

Desde que la Corte Suprema dejó en firme la condena de cinco años y dos meses de prisión contra Barrera Rojas por su participación en la destrucción de una estación de Transmilenio durante las protestas de noviembre de 2019 en Bogotá, su situación jurídica ha generado una ola de reacciones y recursos legales.

Uno de los argumentos de
Uno de los argumentos de quienes apoyan a Barrera es la edad de su hija - crédito Redes sociales

Grupos de apoyo conformados por trabajadores, amigos y seguidores han interpuesto al menos siete acciones de tutela ante la Corte, alegando que la reclusión en un establecimiento carcelario vulnera sus derechos fundamentales.

La posibilidad de acumular estas solicitudes en un solo expediente fue evaluada por el despacho del magistrado Octavio Tejeiro Duque, quien el pasado 3 de marzo resolvió que cada una de estas acciones será revisada de manera independiente. Con esta decisión, se descarta un pronunciamiento unificado y se procederá a analizar caso por caso.

Ante la creciente cantidad de tutelas presentadas, el abogado Francisco Bernate Ochoa, quien representa a Barrera Rojas en este proceso, ha manifestado su preocupación por el impacto que estas acciones pueden tener en la administración de justicia. Según el penalista, la acumulación de recursos podría ralentizar la resolución del caso y generar una carga innecesaria para el sistema judicial. En varias ocasiones, ha instado a la ciudadanía a abstenerse de presentar nuevas tutelas, señalando que su equipo legal ya ha elevado los recursos pertinentes ante las instancias correspondientes.

El abogado Francisco Bernate Ochoa,
El abogado Francisco Bernate Ochoa, quien representa a Barrera Rojas en este proceso, ha manifestado su preocupación por el impacto que estas acciones pueden tener en la administración de justicia - crédito Sofía Tocano/Colprensa

El expediente y la solicitud de detención domiciliaria

Mientras tanto, el expediente judicial de Barrera Rojas se encuentra bajo la jurisdicción del Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Bogotá, donde se tramitará una petición formal para que se le conceda la detención domiciliaria. El argumento central de esta solicitud radica en que la influenciadora es madre de una bebé recién nacida, lo que justificaría un cambio en las condiciones de su privación de libertad.

Actualmente, Epa Colombia permanece en la cárcel El Buen Pastor de Bogotá, donde ingresó el pasado 30 de enero tras la ratificación de su condena por los delitos de perturbación al servicio de transporte público, colectivo u oficial, e instigación a delinquir con fines terroristas. Este último cargo es particularmente relevante, pues la legislación vigente impide que quienes sean condenados por este tipo de delitos accedan a beneficios como la libertad condicional o la detención domiciliaria.

En su fallo, la Corte Suprema justificó la condena al considerar que las acciones de Barrera Rojas no se limitaron a un acto de vandalismo aislado, sino que trascendieron a una instigación con fines terroristas. Según el alto tribunal, los actos cometidos por la influenciadora generaron una sensación de zozobra y pánico en la ciudadanía, razones por las cuales se le impuso una pena privativa de la libertad sin posibilidad de medidas alternativas.

El desarrollo de este caso
El desarrollo de este caso continúa siendo seguido de cerca por la opinión pública, mientras la defensa de Barrera Rojas explora todas las vías legales para modificar su actual situación penitenciaria - crédito @epa_kera100k/Instagram

“La instigación no solo fue a vandalizar a cambio de nada, porque sí, ni como un propósito que se agotara en sí mismo. En lugar de ello, trascendió hasta los fines terroristas, porque incluyó que en los destinatarios pudiesen generar zozobra, intranquilidad, inquietud, aflicción, angustia, desazón, incertidumbre o desasosiego, y también aterrorizar, generar miedo, pánico, temor, pavor o susto”, señaló el fallo de la Corte.

El desarrollo de este caso continúa siendo seguido de cerca por la opinión pública, mientras la defensa de Barrera Rojas explora todas las vías legales para modificar su actual situación penitenciaria.

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