César Lorduy se negó a dar explicaciones sobre su renuncia al CNE: esto dijo en una carta enviada al Senado

El magistrado aseguró que los motivos de su decisión son estrictamente personales e hizo referencia a la jurisprudencia constitucional que respalda su derecho a renunciar sin dar explicaciones adicionales

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Lorduy explicó que no podría
Lorduy explicó que no podría comparecer debido a compromisos previos - crédito Pineda/Colprensa

El magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE), César Lorduy, ha decidido no asistir a la citación programada por el Senado para el miércoles 5 de marzo de 2025, en la que se esperaba que explicara los motivos detrás de su renuncia al cargo.

En una carta enviada al secretario General del Senado, Diego Alejandro González, Lorduy detalló que su decisión de no comparecer ante el Congreso se debe a compromisos previos relacionados con su labor como magistrado.

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En su misiva, Lorduy explica que, a la misma hora de la citación, deberá presidir una audiencia pública urgente sobre el proceso de revocatoria de mandato del alcalde de Villanueva, Casanare, lo cual fue programado con antelación. El magistrado señaló que, debido a la importancia y urgencia de este procedimiento, no podrá cumplir con la citación del Congreso, a pesar de su disposición a cumplir con todas sus obligaciones hasta el último minuto de su mandato.

En cuanto a los motivos de su renuncia, Lorduy fue categórico: “La decisión que motivó mi renuncia al Honorable Cargo de Magistrado del Consejo Nacional Electoral es estrictamente personal.” Recordó que en el pasado, renuncias similares fueron aceptadas sin requerir una explicación detallada, como ocurrió con los exmagistrados Jaime Luis Lacouture Peñaloza y Carlos Camargo Asís.

En su carta al secretario
En su carta al secretario General del Senado, Diego Alejandro González, Lorduy indicó que la renuncia fue por motivos estrictamente personales - crédito X

Fundamento jurídico de su renuncia

Lorduy citó varias jurisprudencias de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado que reconocen el derecho de los empleados públicos a presentar su renuncia de manera libre, espontánea e inequívoca, sin necesidad de justificarla. Según lo referenciado por el magistrado, “la renuncia es ajustada a derecho, siempre que sea libre, espontánea e inequívoca, ello quiere decir que debe ser presentada por el empleado en forma voluntaria y no puede ser motivada”.

El magistrado también destacó que la renuncia es un acto unilateral que no requiere más que su aceptación para que produzca efectos legales, sin necesidad de una explicación o justificación adicional. En su opinión, la jurisprudencia y la normatividad vigente respaldan su decisión y resaltan que la renuncia es un derecho fundamental derivado de la libertad al trabajo.

En conclusión, César Lorduy reafirmó su posición, manifestando que no hay obligación legal de motivar su renuncia y que, por tanto, no está dispuesto a comparecer ante el Senado para dar más detalles de su decisión. Esta postura genera expectativas sobre la forma en que el Congreso abordará la situación, dado que la renuncia de Lorduy deja vacante una posición clave en el órgano electoral en un momento político crucial para el país.

Lorduy recordó que renuncias anteriores
Lorduy recordó que renuncias anteriores fueron aceptadas sin necesidad de explicación detallada - crédito Álvaro Tavera/Colprensa

Solicitan no convocar Congreso para tramitar renuncia de Lorduy

El congresista Alejandro Ocampo, del Pacto Histórico, solicitó a los presidentes del Senado, Efraín Cepeda, y de la Cámara, Jaime Raúl Salamanca, que se abstengan de convocar el Congreso en pleno para este miércoles 5 de marzo, para tratar la renuncia de César Lorduy como magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE).

Según Ocampo, la renuncia de Lorduy ya quedó ejecutoriada desde el 2 de febrero, al haberse cumplido dos meses desde su presentación, lo que, según el congresista, implica que ya no es necesario seguir con el proceso de aceptación formal por parte del Congreso.

El representante señaló que la normativa colombiana establece un plazo para que la autoridad competente acepte la renuncia de un funcionario público, y, en caso de no hacerlo en ese tiempo, la dimisión se considera automáticamente aceptada. “Todo funcionario público en Colombia tiene el derecho de abandonar su cargo de manera libre y espontánea. La ley establece que, si la autoridad competente no acepta la renuncia en un plazo de 30 días, esta se entiende ejecutoriada. En este caso, la renuncia de César Lorduy ya cumplió con el trámite legal”, explicó Ocampo.

Ocampo destacó que convocar al Congreso sería un trámite innecesario - crédito X

El congresista destacó que convocar al Congreso para tratar la renuncia sería un trámite innecesario, y consideró que dicha convocatoria solo contribuiría a descongestionar las agendas de los congresistas, permitiéndoles avanzar en otros proyectos de ley prioritarios para el país.